XXXIV CERTAMEN DE ARTES PLÁSTICAS ART NALÓN

XXXIV CERTAMEN DE ARTES PLÁSTICAS ART NALÓN
Premios: 4.700 euros
Fecha apertura: 21 jul de 2026, 01:00
Fecha límite: 09 oct de 2026, 23:59 (Faltan 50 días, 1 horas, 40 minutos)
Participantes: Hasta 36 años. Nacional
Obra: máx. obras: 1

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Bases

XXXIV CERTAMEN DE ARTES PLÁSTICAS ART NALÓN 

 

 

El Ayuntamiento de Langreo, en colaboración con el Instituto Asturiano de la Juventud del Principado de Asturias, convoca el XXXIV Certamen de Artes Plásticas Art Nalón con el doble objetivo de fomentar la creación artística de los jóvenes y de servir de escaparate de esa producción. 

 

Por ello, el/la Sr./Sra. Alcalde/sa del Ayuntamiento de Langreo, aprueba las Bases de esta Convocatoria, que se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás normativa legal de aplicación. 

 

 

BASES 

 

 

PRIMERA. Objeto de la convocatoria. 

El Ayuntamiento de Langreo pretende, con esta convocatoria, incentivar la creación artística en el ámbito de las artes plásticas, y en concreto en sus modalidades de pintura, escultura, dibujo y grabado. 

 

 

SEGUNDA. Destinatarios. 

Podrán concurrir a esta convocatoria todos/as los/as jóvenes nacidos o residentes en España, que no hayan cumplido 36 años a 1 de enero de 2026 y que no hayan resultado premiados en anteriores convocatorias. 

 

No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas personas incursas en cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones. 

 

El procedimiento de concesión de estos premios se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. 

 

 

TERCERA. Publicación y plazo de presentación de solicitud 

El plazo de participación en el XXXIV Certamen de Artes Plásticas Art Nalón comienza a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y finalizará el 9 de octubre de 2026 a las 23:59 horas. 

 

No se aceptará solicitud alguna fuera de dicho plazo. 

 

El Ayuntamiento de Langreo se reserva el derecho a ampliar dicho plazo si así lo estimase oportuno mediante resolución expresa debidamente publicada. 

 

 

CUARTA. Órgano instructor. Selección de los ganadores. 

El Jurado estará presidido por el/la Sr./Sra. Concejal de Juventud de Langreo o persona en quien delegue y estará compuesto por personas de reconocido prestigio del campo del arte y la cultura, a propuesta del Ayuntamiento de Langreo. 

 

El órgano instructor del procedimiento será el Área de Juventud, que elevará el fallo del Jurado a la Alcaldía, órgano competente para resolver. 

 

 

QUINTA. Resolución de concesión y orden de pago. Notificación. Reintegro 

La concesión y la orden de pago del Premio y Accésit se hará por resolución de alcaldía, en un plazo máximo de 6 meses desde el inicio del procedimiento y el fallo será notificado mediante publicación de la resolución en el portal web municipal: www.ayto-langreo.es. Asimismo, se le dará publicidad a través de las redes sociales municipales y notas de prensa.

 

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente por las causas recogidas en el Art. 37.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. 

 

 

SEXTA. Condiciones de las obras presentadas al certamen. 

Las modalidades admitidas serán: PINTURA, ESCULTURA, DIBUJO y GRABADO. Los/as artistas deberán presentar un único dossier en PDF con al menos diez obras, indicando:

 

  • Título 

  • Año de realización 

  • Técnica 

  • Materiales 

  • Dimensiones y peso para las esculturas. 

  • Precio de cada una de las obras. 

 

Las obras presentadas tendrán que estar realizadas en material definitivo y ser originales, indicándose de forma explícita, en el caso de los grabados, el número de serie. 

 

 

SÉPTIMA. Requisitos de presentación de las solicitudes. 

La participación en el XXXIV Certamen de Artes Plásticas Art Nalón se llevará a cabo a través de la plataforma www.mundoarti.com. 

 

Para tal fin, los participantes deberán subir un dossier con las obras en PDF de máximo 10 MB, cumplimentar los datos personales y adjuntar la siguiente documentación: 

 

  • Currículum Vitae en formato PDF. 

  • Fotocopia DNI 

  • Para los participantes que opten al Accésit: Volante de empadronamiento (excluidos los residentes en Langreo, de los que se obtendrá de oficio)  Si no se es residente adjuntar documento en blanco para poder participar. 

 

La web protegerá la autoría de las obras, garantizando el anonimato y la transparencia del proceso de deliberación. Cualquier duda sobre el funcionamiento de la web será atendida en contacto@mundoarti.com o +34 647 889 954. 

 

Con independencia de la presentación de las obras a través del portal de la web (www.mundoarti.com), para adquirir los derechos y obligaciones inherentes a la participación en el certamen, los participantes deberán presentar firmado el ANEXO (Descargar aquí)  que acompaña a estas Bases que incluye solicitud de participación y declaración responsable (Descargar aquí)  de no encontrarse en ninguno de los supuestos enunciados en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones que impedirían obtener la condición de beneficiario.

 

El ANEXO firmado deberá presentarse en el registro de cualquier administración pública, como los existentes en los Ayuntamientos u oficinas consulares, junto con el original del D.N.I/NIE para acreditar la personalidad. 

 

 

OCTAVA. Subsanación 

Si la solicitud no reuniese los requisitos establecidos, o la documentación estuviese incompleta, el órgano instructor requerirá a la persona interesada para que subsane las deficiencias en el plazo de 10 días hábiles, indicándole que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución dictada conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015. 

 

 

NOVENA. Premios: cuantías y componentes. Criterios de valoración. 

El certamen contempla dos categorías, excluyentes entre sí, de premio y accésit, que recaería, este último, en un/a artista nacido/a o residente en la Cuenca del Nalón, no pudiendo recaer en la misma persona premio y accésit. El/la artista nacido/a o residente en la Cuenca del Nalón deberá indicar si opta al Premio o al Accésit. 

 

El jurado valorará en los proyectos que se presenten su calidad artística (60 %), viabilidad de las propuestas (20 %) y su carácter innovador (20 %), con un total de 100 puntos y podrá hacer mención especial (sin dotación económica) de aquellas obras, presentadas a concurso, que considere merecedoras de dicha distinción. 

 

Se establece un premio por importe de 3.000 € y exposición individual de las obras presentadas, así como un accésit por importe de 1.700 € y exposición individual. 

 

Las obras presentadas a concurso deberán estar disponibles para formar parte de la exposición. 

 

Los portes derivados del transporte de las obras, el seguro y el catálogo de la exposición, correrán a cargo de la organización del Certamen. Se costeará una tirada de 500 ejemplares, 200 de los cuales se entregarán al autor premiado y el resto serán distribuidos entre galerías de arte, universidades y otros lugares de interés para la promoción del/la artista. 

 

El Ayuntamiento se reserva el derecho de uso no comercial de las imágenes del catálogo. Los premios estarán sujetos a las correspondientes retenciones del IRPF.

 

Ambos galardonados cederán al Ayuntamiento de Langreo una/s de las obras expuestas a decidir en común acuerdo entre el jurado y el artista.

 

Las obras cedidas pasarán a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Langreo, formando parte de las colecciones de la Pinacoteca Municipal de Langreo Eduardo Úrculo y reservándose todos los derechos sobre las mismas. 

 

En el supuesto de que alguno de los premios quede desierto, el jurado podrá otorgar dos premios en la misma categoría siempre que no afecte al importe económico destinado a premios. 

 

 

DÉCIMA. Compatibilidad y Justificación 

Estos premios son compatibles con cualquiera otra que tenga la misma finalidad concedida por otras administraciones públicas o personas jurídicas privadas. 

 

Dada la naturaleza del premio, no requerirá otra justificación que el cumplimiento de la finalidad del mismo con la presentación de la obra, la selección por el jurado y, en su caso, la aceptación del premio y de las obligaciones asociadas al mismo. 

 

 

UNDÉCIMA. Régimen jurídico. 

Los premios que se concedan al amparo de la presente Convocatoria, se regirán en lo que les resulte de aplicación, por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ordenanza reguladora del régimen general de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Langreo, publicada en el BOPA n.º 254 de 2 de noviembre de 2016 y demás normativa aplicable.

 

La presente convocatoria está recogida en el Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Langreo para 2026 (BOPA de 15/04/2026), en la LINEA 2.- ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN, Premios y Becas Actividades de Juventud, y tiene una cuantía global para el año 2026 de 4.700 €, que se financiará con cargo a la operación RC: 220260009231 de la partida presupuestaria 33403-48100 del vigente presupuesto.

 

 

DUODÉCIMA. Aceptación de las bases. 

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes bases, resolviendo la organización cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no hayan sido específicamente previstas en las mismas. 

 

 

DECIMOTERCERA. Recursos. 

Contra esta Convocatoria y cuantos actos se deriven de la misma, podrán interponerse, por parte de las personas interesadas, los recursos procedentes en los casos, forma y plazos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 

 

 

DECIMOCUARTA. Protección y cesión de datos. 

De conformidad con lo recogido en el Reglamento de Actividades de Tratamiento del Ayuntamiento de Langreo, en el caso de la denominada “Subvenciones y Ayudas municipales” los datos contenidos en las solicitudes podrán ser cedidos, en caso de necesidad, a autoridades administrativas, órganos judiciales y/o cuerpos y fuerzas de seguridad.

 

Todo ello en cumplimiento de la base jurídica del tratamiento de dicha actividad que no es otra que la prevista el artículo 6.1.e) del RGPD, al ser necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. 

 

No obstante, la presentación de solicitud de subvención implicará la aceptación de la cesión de los datos contenidos en la misma, así como de los datos relativos a la subvención, en los términos arriba expuestos. 

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