IX CERTAMEN LITERARIO DE NARRATIVA BREVE "VILLA DE SAX" 2024

IX CERTAMEN LITERARIO DE NARRATIVA BREVE "VILLA DE SAX" 2024
Premios: 2.000 euros
Fecha apertura: 23 mar de 2024, 01:00
Fecha límite: 10 jun de 2024, 23:59 (Faltan 32 días, 13 horas, 13 minutos)
Participantes: Internacional
Obra: mín. páginas: 5; máx. páginas: 10; máx. obras: 1

Traducción automática realizada por el Traductor de Google. Recomendamos descargar las bases originales.

Bases

IX CERTAMEN LITERARIO DE NARRATIVA BREVE "VILLA DE SAX" 2024

 

 

PRIMERO. Objeto

Este certamen tiene por objeto fomentar la creación literaria y el conocimiento de la literatura, para lo cual se premiará el esfuerzo y la calidad de las obras narrativas breves que se presenten de acuerdo con las normas que se especifican en las siguientes bases.

Los premios se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva.

 

SEGUNDO. Premio

La dotación económica de la subvención prevista asciende a la cantidad de 2.000,00 €, que se hará efectiva con cargo a la aplicación presupuestaria 3342.48203 del presupuesto general del Ayuntamiento de Sax, con destino a los premios que sean concedidos por el Jurado del IX Certamen Literario de Narrativa Breve "Villa de Sax" 2024, siendo el órgano competente para resolver Alcaldía.

 

Se establecen los siguientes premios:

  1. Primer premio de 1.500,00 € al mejor relato breve.
  2. Accésit de 500,00 € al segundo relato finalista.

 

TERCERO. Las obras, su presentación y plazos

1. Obras

Podrán concurrir a este certamen cuantos escritores y escritoras lo deseen, cuyas obras, escritas en castellano, sean originales, inéditas y no galardonadas en otros certámenes o concursos.

Cada participante sólo podrá presentar una obra, que habrá de atender a los siguientes requisitos:

A) Temática libre.

B) Extensión mínima de cinco páginas y máxima de diez (tamaño DIN-A4), mecanografiadas con letra Times New Roman, tamaño de fuente de 12 puntos y espacio interlineal de 2.

Cualquier obra presentada que no se ajuste a la extensión y formato de presentación podrá ser desestimada por el Jurado.

 

2. Presentación y plazos

Estas obras se presentarán en documento PDF de un tamaño máximo de 5M a través de www.mundoarti.com.

Por el hecho de concurrir al certamen los autores o autoras aceptan estas bases y se comprometen a no retirar su obra una vez enviada, debiendo mantenerla en el concurso hasta que se produzca el fallo del Jurado.

El plazo de presentación de las obras finalizará el 10 de junio de 2024 a las 23:59 horas (hora española).

 

CUARTO. Jurado

El Jurado será nombrado por resolución municipal de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Sax y estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: D. Francisco Chico Rico, Catedrático de Teoría de la Literatura y Literatura Comparada de la Universidad de Alicante.

Vocales: Cinco especialistas de reconocido prestigio académico, literario y/o cultural.

Secretario/a: Un funcionario o funcionaria municipal.

El Jurado se constituirá en su primera reunión y se reunirá tantas veces como sea necesario para la selección de las obras ganadoras.

Hasta el momento del fallo, el/la secretario/a custodiará los datos de los autores que presenten su obra al IX Certamen Literario de Narrativa Breve "Villa de Sax" 2024.

En caso de empate en las votaciones, las obras ganadoras se decidirán con el voto de calidad del Presidente.

El Jurado elevará al órgano municipal competente la propuesta de premios que corresponda otorgar.

El fallo se hará público a través de los medios de difusión local, así como en la web del Ayuntamiento de Sax y sus redes sociales.

Paralelamente, e inmediatamente después de la deliberación del Jurado, se comunicarán los premios otorgados por teléfono y/o correo electrónico a los ganadores o ganadoras del certamen.

Las decisiones del Jurado serán, en todo caso, inapelables. Los concursantes, por el mero hecho de participar en este certamen, renuncian expresamente al ejercicio de todo tipo de reclamaciones contra las resoluciones de aquél.

Los premios podrán declararse desiertos si así lo considera el Jurado.

Los premios se entregarán en un acto público, que se celebrará durante el año en curso.

 

QUINTO. Criterios de valoración y puntuaciones máximas

  1. Originalidad temática......................................................................................................... 30
  2. Estructuración formal........................................................................................................... 30
  3. Lenguaje literario y estilo..................................................................................................... 20
  4. Efectividad estética (capacidad de producir efectos estéticos en el receptor)............................ 20

 

SEXTO. Obligaciones de los beneficiarios de los premios

Los autores o autoras de las obras premiadas deberán asistir al acto de entrega de los premios y realizar en él la lectura de los relatos galardonados. En el supuesto de que no puedan asistir, tendrá que ser por causa justificada, y podrá nombrarse un representante en su lugar. La incomparecencia al mismo implicará la no entrega del premio, pero no supondrá que las obras dejen de estar premiadas y, por tanto, el Ayuntamiento de Sax seguirá teniendo la autorización de los propietarios de las mismas para su difusión y distribución.

Los titulares de las obras premiadas autorizan al Ayuntamiento de Sax y a la plataforma web utilizada para la organización del certamen a que puedan hacer uso de ellas mediante su adecuada publicación y difusión, haciendo constar los nombres de sus autores o autoras en todo momento.

Asimismo, los solicitantes premiados vendrán obligados a:

 

1. Facilitar cuanta información les sea requerida por la Intervención del Ayuntamiento de Sax.

 

2. Comunicar al Ayuntamiento de Sax cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.

 

3. Presentar:

  1. Fotocopia del DNI o documento fiscal identificativo.
  2. Datos del solicitante: domicilio social, código postal y teléfono.
  3. Datos bancarios del solicitante: nombre, sucursal y número de cuenta, según modelo normalizado en la web.
  4. Declaración expresa y responsable de autoría (ANEXO I) (Descargar bases originales para obtener anexo I).
  5. Declaración responsable expedida por el solicitante indicando que no se dispone de ninguna otra subvención para financiar la obra en cuestión (o, en caso contrario, detallando las subvenciones que se hayan solicitado o recibido previamente por parte de otras instituciones o entidades, públicas o privadas), que no incurre en ninguna de las causas establecidas en el Art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que está al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social a la fecha de la presentación de la solicitud (ANEXO II) (Descargar bases originales para obtener anexo I).

 

SÉPTIMO. Procedimiento de concesión

Vistas las obras presentadas al IX Certamen de Narrativa Breve "Villa de Sax" 2024, y habiendo fallado el Jurado los premios, se emitirá propuesta de resolución por la Concejalía de Cultura, como órgano de aprobación será la Alcaldía, para el proceso de la concesión de los citados premios.

Previamente a la formulación de la propuesta de resolución, el órgano instructor comprobará que los beneficiarios cumplen con todos los requisitos necesarios para poder participar en el concurso y ser premiados.

El órgano instructor se reserva el derecho de la interpretación de estas bases, así como de valorar la validez o no de la causa de incomparecencia al acto.

La resolución de la convocatoria corresponderá a la Alcaldía y será motivada sobre la base de los criterios de evaluación establecidos en estas bases; dicha resolución contendrá la relación de las obras a las que se les han concedido los premios y su cuantía, así como la de los que se tienen por desistidos de su solicitud y el motivo de la denegación.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de la convocatoria será de seis meses a contar desde la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia. El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución legitimará a los interesados para entender desestimadas por silencio administrativo las solicitudes presentadas.

La resolución pondrá fin a la vía administrativa y se notificará a los solicitantes conforme a los Arts. 40 al 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

OCTAVO. Publicidad de las subvenciones concedidas

La Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) operará como sistema nacional de publicidad de subvenciones.

Las bases y la convocatoria de esta subvención se publicarán íntegramente en la BDNS, en el tablón de anuncios electrónico y en el BOP.

Las resoluciones de dicha subvención se publicarán íntegramente en la BDNS y en el tablón de anuncios electrónico, y un extracto en el BOP.

Para lo no regulado en estas bases se aplicará lo estimado en la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre y de Reglamento de Desarrollo.

 

NOVENO. Otras disposiciones

Cualquier extremo no previsto en estas bases o duda sobre la interpretación de las mismas serán resueltos por la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Sax, de acuerdo con el Jurado nombrado al efecto.

 

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la resolución de estas ayudas podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses.

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