LXXVI Certamen Nacional del Premio de Pintura José Arpa
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Bases
LXXVI CERTAMEN NACIONAL DEL PREMIO DE PINTURA “JOSÉ ARPA”
1: Objeto y Finalidad del LXXVI Certamen Nacional del Premio de Pintura “José Arpa”.
El Objeto de las presentes normas es establecer las Bases Reguladoras de la Convocatoria pública para la concesión del Premio de Pintura “José Arpa” 2023.
La Finalidad de esta Edición del Premio de Pintura “José Arpa” 2023 es contribuir a la promoción y fomento de la pintura como expresión artística.
2: Créditos presupuestarios.
1. Créditos presupuestarios a los que se imputa el premio: aplicación 330004810010.
2. Cuantía total máxima del premio que se convoca: 8.000 €.
3: Régimen de concesión del premio.
El premio del Certamen objeto de esta convocatoria será concedido de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación mediante procedimiento de concurrencia competitiva, con la comparación de las obras presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria, otorgándose el premio, con el límite fijado en la Base 2.2, a aquella obra que haya obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
4: Participantes.
Podrán participar en este Certamen todos los artistas nacionales o extranjeros residentes en todo el territorio nacional que lo deseen, mayores de 18 años.
En caso de que la obra se presente mediante representante o intermediario, se requerirá autorización escrita del autor en la que preste su consentimiento aceptando participar en el Certamen.
No podrán participar en esta convocatoria quienes, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos en la misma, estén incursos en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Asimismo, las personas participantes deberán tener plena capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, conforme a lo previsto en el artículo 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La participación en este Concurso implica la aceptación de las Bases del mismo, así como su interpretación por el Jurado.
5: Requisitos de las obras que se presenten.
Cada concursante podrá presentar un máximo de una obra, de la que deberá ser autor y propietario. Las obras deberán ser originales y no haber sido premiadas en ningún otro Certamen.
La técnica a emplear será de libre elección por parte de los participantes.
Las obras que hayan sido seleccionadas de conformidad con la Fase 1ª prevista en la Base 7, deberán presentarse sobre soporte o marco que permita su exposición. No podrán medir más de 150 cm por cada lado y tendrá unas dimensiones mínimas de 70 cm de alto y 60 cm de ancho, excluido dicho marco o soporte.
6: Inscripción, Plazo, Forma y Requisitos.
Los interesados deberán presentar una solicitud de participación, conforme al modelo que se adjunta en el Anexo I (DESCARGA ANEXO I AQUÍ), preferentemente a través de la inscripción en la plataforma Mundoarti, a través del siguiente enlace:
https://www.mundoarti.com/concursos/CWV0472/lxxvi-certamen-nacional-del-premio-de-pintura-jose-arpa/
Asimismo, podrá presentarse dicha solicitud de forma presencial o por medios electrónicos, en el Ayuntamiento a través de su sede electrónica (https://sede.carmona.org/) o mediante cualquiera de las formas permitidas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Junto con la solicitud de participación habrá de adjuntarse la imagen de la obra, con un peso máximo de 5MB en formato JPG. No se permiten ediciones que alteren la visualización de la obra, debiendo ser la imagen absolutamente fiel a la misma. En el caso de que una obra seleccionada para su exposición, conforme a lo dispuesto en la Base 7, no se corresponda fielmente con la imagen inicial aportada junto con la solicitud, por la Delegación Municipal de Cultura se decidirá que no sea expuesta.
El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y terminará el 19 de julio de 2023, hasta las 23:59 horas (hora española peninsular).
7: Procedimiento de selección de las obras, exposición y entrega del premio.
Fase 1ª. Selección de obras para su exposición
Del total de las fotografías recibidas, el Jurado de forma telemática hará una selección de aquellas obras que formarán parte de la Exposición, atendiendo a la disponibilidad física del lugar expositivo, fijándose para ello una puntuación de corte en atención a la ponderación dada en los criterios de valoración recogidos en la Base 9ª.
En el plazo máximo de cuatro días naturales desde la finalización del período de presentación, se comunicará a los solicitantes la relación de obras seleccionadas, para dar paso así a la siguiente fase.
Dicha comunicación se realizará mediante un anuncio publicado en el Tablón de Anuncios de la página web del Ayuntamiento de Carmona.
Fase 2ª. Recepción de obras
Las obras seleccionadas, cuya admisión habrá sido comunicada a sus autores, deberán presentarse en la Casa de la Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Carmona, sita en Plaza de las Descalzas, s/n., del 24 de julio al 9 de agosto de 2023, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas. No serán admitidas aquellas obras que se presenten fuera del plazo indicado.
Las obras deberán presentarse acompañadas de un sobre, en cuyo interior conste: Nombre del autor, N.I.F., domicilio, código postal, localidad, país, teléfono, título de la obra, técnica y medidas. Asimismo deberá acompañarse de un Curriculum artístico abreviado para ser añadido en el catálogo de la exposición.
El envío y retirada de las obras se efectuará por cuenta del artista, corriendo éste con todos los gastos. En caso de utilizar Agencia de Transportes, deberán presentarse con embalaje adecuado, de fácil apertura y reutilizable para su devolución. Las obras recibidas por Agencia podrán ser devueltas, a portes debidos, por el mismo medio siempre que sus autores así lo indiquen en la hoja de inscripción.
El Excmo. Ayuntamiento de Carmona pondrá el máximo celo en el cuidado de las obras recibidas, pero declina toda responsabilidad por extravíos, daños, robos o cualquier otro acto ajeno a su voluntad que se pueda producir durante su transporte, recepción, depósito, exhibición o devolución.
Fase 3ª. Selección de la obra premiada y resolución de concesión del premio.
El 10 de agosto se reunirá de forma presencial el Jurado en la Casa de la Cultura para valorar las Obras y seleccionar de entre ellas la ganadora.
Emitido este fallo mediante Decreto de Alcaldía, se resolverá la concesión del premio en los términos previstos en la Base 11.
Fase 4º. Inauguración de la exposición y entrega del premio.
La exposición con las obras seleccionadas se abrirá al público del 6 al 18 de septiembre de 2023, en las Salas de Exposiciones y Conferencias BAJOS DEL AYUNTAMIENTO, C/ El Salvador, 2. Y permanecerá expuesta con el siguiente horario: laborables, de 20,00 a 22,00 h. y sábados, domingos y festivos, de 12,00 a 14,00 h. y de 20,00 a 22,00 h.
El día de la Inauguración tendrá lugar la entrega del Premio. Será necesario que el premiado esté presente en dicho acto, excepto por causas justificadas, pudiendo delegar estar facultad en una persona debidamente acreditada a tal efecto.
Las obras expuestas no podrán ser retiradas hasta la clausura de la exposición. A partir de ese momento, se establece un plazo de quince días naturales para proceder a la retirada de las mismas. En caso contrario, el Ayuntamiento se hará con la propiedad de la obra pasando a formar parte de la Pinacoteca de este Excmo. Ayuntamiento.
8: Jurado.
El Jurado designado por el Excmo. Ayuntamiento de Carmona estará compuesto por personas de reconocido prestigio en el ámbito de las Artes Plásticas y la Cultura, además de representantes del Ayuntamiento de Carmona.
El número de miembros con voz y voto deberá ser impar, incluyendo a la Presidencia. Además de éstos, en cada Jurado habrá una persona que ejerza la Secretaría, con voz pero sin voto.
La designación de las personas que integrarán el Jurado corresponderá a la Alcaldía-Presidencia, a propuesta del Concejal-Delegado de Cultura. Esta designación será publicada en la página web del Ayuntamiento de Carmona.
Las deliberaciones del Jurado serán secretas y se levantará acta de las reuniones que se celebren.
El Jurado actuará con total independencia y determinará la propuesta ganadora en función de los criterios de valoración y de ponderación.
La función del Jurado se extenderá, además de su función evaluadora, a la interpretación de las correspondientes Bases, resolviendo aquellas cuestiones o circunstancias no previstas o excepcionales y que puedan suscitarse a lo largo del proceso de evaluación.
El Jurado tomará acuerdos por mayoría de votos y su fallo será inapelable. Igualmente, se reserva el derecho a declarar desierto el premio si las obras presentadas no reunieran a su criterio los méritos suficientes.
9: Criterios a valorar.
El Jurado se reunirá para efectuar una revisión y evaluación de cada una de las obras seleccionadas, para lo que se tendrán en cuenta los siguientes criterios e indicadores de valoración:
- calidad artística del trabajo: hasta 5 puntos.
- innovación y originalidad de la obra: hasta 5 puntos.
- técnica pictórica utilizada: hasta 5 puntos.
- fuerza expresiva de la obra: hasta 5 puntos.
- creatividad del autor: hasta 5 puntos.
10: Premio.
Se establece un único premio dotado con ocho mil euros (8.000 euros), al que se le aplicará la correspondiente deducción por IRPF conforme a lo dispuesto en la legislación vigente y será pagado mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique el premiado y se ordenará su liquidación dentro del mismo año fiscal.
La obra premiada quedará en propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Carmona en los términos fijados en la legislación vigente sobre Propiedad Intelectual.
11: Fallo del Jurado, resolución de concesión del premio y entrega.
Los fallos del Jurado que se emitan a lo largo del procedimiento descrito en la base 7ª, emitidos de acuerdo con los criterios de valoración previstos en la cláusula 9ª, tendrán los siguientes contenidos:
- Fase 1ª: obras seleccionadas para su exposición.
- Fase 2ª: obra premiada, así como las menciones especiales sin dotación económica, si las hubiera.
Dichos fallos se publicarán oportunamente junto con la resolución de concesión del premio.
La resolución de concesión del premio se realizará mediante Decreto de la Alcaldía y será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la página web (www. carmona.org) y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Carmona. Del mismo modo, se notificará individualmente al premiado conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por el medio (en papel o electrónicamente) que aquél haya elegido.
El pago del premio implica el reconocimiento y aceptación del autor/a de la cesión de los derechos de reproducción, distribución y publicación del trabajo premiado en exclusiva a favor de la entidad convocante por el plazo máximo establecido en la legislación vigente sobre derechos de propiedad intelectual, sin que suponga ningún derecho económico adicional distinto al premio recibido.
En todo caso, el autor premiado conservará los derechos de autoría de su obra, que le reserva la Ley de Propiedad Intelectual, por lo que será citado en cualquier uso futuro de la obra.
El autor o autora de la obra será la única persona responsable de las reclamaciones que se produjeran por la vulneración de cualquier derecho a tercero, incluyendo los derechos de propiedad intelectual, industrial o derechos de imagen.
12: Órganos competentes para la ordenación, instrucción, evaluación y resolución de los procedimientos de concesión del premio.
La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá al Concejal-Delegado de Cultura.
La selección y evaluación de las obras corresponde al Jurado.
El órgano competente para aprobar y resolver la convocatoria es la Alcaldía.
13: Régimen de incompatibilidad.
La obra premiada no ha debido ser premiada en otros concursos o certámenes previos. La recepción del premio regulado en las presentes Bases es incompatible con la recepción de otros por la misma obra.
14: Aceptación de las Bases.
La mera participación en esta Convocatoria implica por parte de los autores la total aceptación de las Bases Reguladoras de la misma y de las decisiones del Jurado.
15: Publicidad de la convocatoria.
La convocatoria será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial de la Provincia -por conducto de la mencionada Base-, en la página web (www. carmona.org) y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Carmona.
16: Recursos.
Contra la resolución de concesión del premio, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, conforme al artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en los medios indicados en la base 11 y notificación individualizada prevista en la misma, ante la Alcaldía o bien directamente interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a a su publicación en los medios indicados en la base 10 y notificación individualizada prevista en la misma, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
17: Normas finales.
Cualquier circunstancia no prevista en las presentes Bases será resuelta por la Organización de la manera más conveniente para el desarrollo del concurso.
Para cualquier consulta sobre la presente Convocatoria, deberá dirigirse a la Casa de la Cultura, Plaza de las Descalzas s/n. 41410 Carmona. Tfno.: 954 142 200. Fax 954 140 716. E-mail: casacultura@carmona.org
18: Normativa aplicable.
En todo lo no previsto por las presentes bases se estará a lo dispuesto en el Ley 38/2003, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normativa que resultase de aplicación.
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