6 PREMIO DE MÚSICA CIUDAD DE BADAJOZ 2025
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Bases
6 PREMIO DE MÚSICA CIUDAD DE BADAJOZ 2025
El Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, a propuesta de la Concejalía de Cultura y en colaboración con la Diputación de Badajoz, convoca el 6 Premio de Música Ciudad de Badajoz 2025, con arreglo al siguiente contenido:
Primero. Objeto.
El objeto es convocar un concurso de composición musical con el fin de fomentar la cultura musical en general y de banda en particular en el municipio, ampliar su patrimonio musical, facilitar a los compositores la posibilidad de que su música pueda ser interpretada, escuchada y difundida y plasmar a través de la música una visión de la ciudad, así como difundir el nombre de Badajoz por toda la geografía española.
Segundo. Destinatarios.
Esta convocatoria está dirigida a compositores de cualquier nacionalidad o residencia, mayores de 18 años.
No podrán participar los autores que hayan resultado premiados en las dos últimas ediciones de este premio.
En cualquier caso, no podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de Ley 38/2003 General de Subvenciones. Asimismo, tampoco podrán obtener esta condición las personas que sean deudoras del Ayuntamiento de Badajoz o de sus entes dependientes por conceptos distintos de los tributarios.
Tercero. Premios.
Se otorgarán los siguientes premios:
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Un Primer Premio de 4.000,00 € y un trofeo.
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Un Segundo Premio de 2.000,00 € y un trofeo
La cuantía de los premios estará sujeta a la legislación fiscal vigente, realizándose sobre tal importe las retenciones legalmente establecidas. Serán por cuenta de los premiados todos los impuestos que graven la percepción de los premios.
Cuarto. Requisitos de los trabajos a presentar.
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Cada compositor podrá presentar un único trabajo. Deberán ser originales e inéditas, entendiéndose como tales, aquellas que sean de nueva creación, que no sean copia, modificación o versión de otra u otras existentes. El Excmo. Ayuntamiento de Badajoz se exime de cualquier responsabilidad derivada del plagio o de cualquier otra transgresión de la legislación vigente en materia de propiedad intelectual en España, en la que pudieran incurrir los concursantes con sus obras.
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Las composiciones deberán plasmar una visión o imagen musical concreta siendo el tema sobre el que versará la composición “PORRINA DE BADAJOZ”.
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No podrán haber sido fruto de un encargo remunerado, ni premiadas en algún otro concurso, ni haber sido interpretadas anteriormente en concierto o acto público, ni siquiera alguna de sus partes (si las tuviese), ni con el título actual ni con cualquier otro, ni retransmitidas por cualquier medio de difusión. Si una vez presentadas las obras a concurso, se produjera cualquier cambio respecto al carácter inédito, así como esta obtuviese algún premio en las fechas anteriores al fallo, los autores deberán comunicarlo obligatoriamente a la organización de estos premios y sus composiciones estarán excluidas automáticamente.
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Las formas de las obras serán en un único movimiento, entre 8 minutos como mínimo y 15 minutos como máximo. Las obras que no tengan la duración estipulada serán descalificadas.
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Deberá ser sin instrumento solista, ni voz, y con arreglo al Modelo de Plantilla exclusivo que se detalla a continuación, que corresponde con la plantilla de la Banda Municipal de Música de Badajoz:
2 Flautas y Flautín (Flauta primera y Flauta segunda – Flautín)
2 0boes y Corno Inglés (Opcional)
1 Fagot
8 Clarinetes
1 Clarinete Bajo
2 Saxofones Altos
2 Saxofones Tenores
1 Saxofón Barítono
3 Trompetas
1 Fliscorno
3 Trompas (Se puede poner la 4 Trompa)
3 Trombones
1 Bombardino (Se puede poner el 2 Bombardino)
2 Tubas
4 Percusión
De no hacerlo así, podrán ser motivo de descalificación de las obras.
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La dificultad será media-alta y también se valorará que el lenguaje estilístico esté en el ámbito del utilizado mayormente en la creación para banda de música.
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En caso de que las obras presentadas incorporen fragmentos musicales o textos de titularidad distinta a la de los autores de las mismas (a excepción de que se realicen a modo de cita, en los términos del artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual), dichos fragmentos o dichos textos deberán aparecer escritos en la partitura y los materiales, así como se deberán acreditar los permisos correspondientes. En todos los casos, cualquier responsabilidad será absolutamente de los autores.
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Los participantes presentarán la partitura completa (no un guion o reducción de la misma) en tamaño DIN A-3 que deberá ser perfectamente legible. Si alguna de estas condiciones no se cumpliese a juicio del jurado, la obra será descalificada.
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Con el fin de preservar el anonimato del compositor, las obras deberán ser presentadas con un título y un lema elegido por los autores como únicos datos identificativos. Los concursantes que quebrante el anonimato quedarán excluidos.
Quinto. Forma de presentación.
La propuesta de participación se presentara por el autor y se remitirá única y exclusivamente online a través de la plataforma www.mundoarti.com.
En el formulario de inscripción se deberá:
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Cargar la partitura en formato PDF con clara visibilidad en la distribución de los compases (máximo 5 MB) y no podrán aparecer los datos personales del autor solo el título y el lema. Y Se incluirá un archivo sonoro o audio musical de la composición con un peso máximo de 6 MB.
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Cumplimentar los datos personales: nombre, apellidos, dirección, teléfono, DNI o documento que acredite la identidad del participante etc. Y se adjuntará un breve Currículum Vitae indicando la trayectoria profesional del compositor en formato PDF.
La web protegerá la autoría de las obras, garantizando el anonimato y la transparencia del proceso de deliberación. Cualquier duda sobre el funcionamiento de la plataforma de inscripciones será atendida en: contacto@mundoarti.com o + 34 647 889 954.
Sexto. Plazo de presentación de las obras.
El plazo de participación en el 6 Premio de Música Ciudad de Badajoz 2025, comienza a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOP y finaliza el 30 de septiembre de 2025, a las 23:59 horas (España peninsular).
La Concejalía de Cultura protegerá la autoría de las obras, garantizando el anonimato y la transparencia del proceso de deliberación.
El Excmo. Ayuntamiento de Badajoz se reserva la posibilidad de suspender el certamen siempre que existan causas mayores debidamente justificadas y ajenas a la organización.
Séptimo. Jurado.
El jurado estará compuesto por el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, que actuará de Presidente Honorífico del mismo o persona en quien delegue, así como, personalidades de reconocido prestigio en el mundo de la música y las artes, cuyos nombres se darán a conocer oportunamente. Se designará una persona que ejercerá las funciones de Secretario, con voz y con voto entre el personal del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz.
El jurado será designado por la Concejalía de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz.
Los premios se concederán atendiendo a la calidad de los trabajos presentados, el resultado de su composición y sus valores creativos.
La Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Badajoz llevará a cabo la instrucción del expediente.
El plazo máximo para resolver y notificar la concesión de los premios será de seis meses, una vez finalizado el plazo de la presentación de obras.
En el otoño 2025 y en el transcurso de una velada cultural, el jurado, tras oportunas deliberaciones y mediante votaciones sucesivas y secretas, hará público el fallo, dando a conocer los nombres de los ganadores que se publicarán en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz (www.aytobadajoz.es).
Octavo. Entrega de premios.
La entrega del 6 Premio de Música Ciudad de Badajoz 2025, tendrá lugar en un acto público que organizará el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, en el que deberán estar presentes los autores galardonados.
Noveno. Retirada de las obras.
Los originales recibidos en formato digital no premiados serán destruidos una vez publicado el fallo del jurado. La organización del Premio de Música no mantendrá correspondencia con los autores. Sólo se contactará directamente con los ganadores.
Décimo. Propiedad de las obras.
Las obras premiadas, serán estrenadas por la Banda Municipal de Badajoz en uno de sus conciertos habituales o extraordinarios, en el que deberán estar presentes los autores al estreno de la misma.
Las partituras originales quedarán en poder del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz. Los autores de las obras ganadoras se comprometen a entregar una copia definitiva de la partitura original y las particellas en formato PDF con el texto antes descrito incluido en todo el material.
Con independencia de que los derechos de propiedad de las obras serán de los autores, ellos mismos se comprometen a hacer constar en cualquier edición y publicidad de las mismas, que estas obras han sido las ganadoras del 6 Premio de Música Ciudad de Badajoz 2025.
Undécimo. Publicidad.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente convocatoria será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en la página web municipal (www.aytobadajoz.es), publicándose el Extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Duodécimo. Protección de datos.
En el cumplimiento de los dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales, y garantía de los derechos digitales, le informamos de que todos los datos de carácter personal que se obtengan serán incorporados y tratados de forma confidencial en el Registro de Actividades de este Excmo. Ayuntamiento, cuya finalidad será la de gestionar correctamente la convocatoria del 6 Premio de Música Ciudad de Badajoz 2025. Asimismo, los datos obtenidos en esta instancia podrán ser utilizados, salvaguardando su identidad, para la realización de estadísticas internas.
Los datos de los ganadores, así como la entrega de premios, aparecerán en los distintos medios de comunicación, así como en las distintas RRSS, con difusión de imágenes fotográficas y videos.
De igual forma, se informa que se podrá ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación de tratamiento, portabilidad y oposición, en los términos establecidos en la legislación vigente, para ello podrán dirigirse por escrito, en caso de que lo encontrara necesario, a la dirección dpd@aytobadajoz.es con la referencia “Protección de datos “.
Décimo Tercero. Obligaciones de los autores premiados.
Con carácter previo al pago de los premios, la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Badajoz requerirá a los autores premiados, que entregue la siguiente documentación:
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Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del que, en su caso, le sustituya legalmente.
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Certificado de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Certificado de estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma y Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social. O autorización para consulta de los mismos por el centro gestor
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Si no tiene residencia fiscal en España, deberá presentar certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país de que se trate, que acredite la residencia fiscal.
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Asimismo, el participante que resulte ganador deberá presentar documento de Alta a Terceros salvo que ya obre en poder del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz. El pago de los premios se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en su correspondiente documento de Alta a Terceros.
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Aquellos documentos que requiera la organización en cumplimiento de la normativa legal.
Décimo Cuarta. Norma final.
La participación en esta convocatoria implica la aceptación de su contenido y del fallo del jurado, que será inapelable. Cualquier anomalía o duda que pueda surgir en el proceso de selección, deliberación y concesión del premio podrá ser estudiada, interpretada y solucionada por el jurado, que se reserva el derecho de tomar iniciativas no reflejadas en la convocatoria siempre que contribuyan al mejor desarrollo de la misma.
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