PREMIO CIUDAD DE PALMA MONTSERRAT CASAS DE INVESTIGACIÓN 2025
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Bases
PREMIO CIUDAD DE PALMA MONTSERRAT CASAS DE INVESTIGACIÓN 2025
El Ayuntamiento de Palma convoca el Premio Ciutat de Palma de Investigación con la finalidad de contribuir a la investigación en los ámbitos de las humanidades, el patrimonio y las ciencias sociales, cuya temática debe estar vinculada a la ciudad de Palma.
1. Premio
El Premio tiene una dotación de 6.000 € y es único e indivisible.
Al haber sido adjudicado el autor/a o autores/as del proyecto serán acreedores/as de la cantidad de 3.000 € y del resto cuando haya finalizado su investigación y el trabajo, antes del 30 de septiembre de 2027. Si la persona o personas premiadas no finalizan el trabajo o no lo pueden entregar en el plazo establecido tendrán que devolver la cantidad recibida.
El estudio final debe entregarse en soporte digital y acompañado con un ejemplar impreso.
El Ayuntamiento se reserva el derecho de editar, en papel o en formato digital, el trabajo premiado. No obstante, el autor/a también tendrá el derecho de publicarlo por su cuenta. En este caso, en la edición de la obra se deberá mencionar que ha sido ganadora del Premio Ciutat de Palma y el año.
2. Participación
El proyecto de investigación debe ser inédito y presentado por personas físicas – no entidades o empresas-. Lo puede presentar un solo/sola autor/a o varios/as autores/as que serán considerados coautores/as.
3. Documentación, envío y características del proyecto
El proyecto de investigación deberá constar de los siguientes capítulos:
a. Currículo académico de la/s persona/es autor/es del proyecto
b. Memoria sobre el tema propuesto
c. Metodología que seguirá el trabajo
d. Medios y fondos documentales para llevarlo a cabo
e. Índice provisional
f. Calendario de realización
En la portada del proyecto se deberán indicar el título y el ámbito de investigación.
También se podrá presentar cualquier otro documento que acredite los méritos personales y/o la trascendencia del trabajo que opta al Premio.
El plazo de admisión de las obras comenzará al día siguiente de su publicación en las Bases y finalizará el 24 de septiembre de 2025, a las 23.59 horas (horario español peninsular).
Los proyectos deben enviarse en formato PDF (inferior a 25 MB) a través de la plataforma web www.mundoarti.com.
La administración no se hará responsable de la presentación de obras a una categoría que no le corresponde.
En el momento de inscribirse en el concurso, además de toda la documentación y datos que se puedan requerir, también se firmará una declaración responsable https://tinyurl.com/5n6znyvk sobre la veracidad de la información dada, la aceptación de estas Bases y el compromiso firme de realizar todos los trámites necesarios para presentar la documentación requerida en caso de ser galardonado.
4. Jurado
El jurado estará formado por un máximo de cinco personas de reconocido prestigio vinculadas al mundo de las humanidades, las ciencias sociales y la investigación, y una persona de la Concejalía, con voz y sin voto, para que actúe de secretario/a. Para la selección de las personas profesionales que formarán parte se tendrá en cuenta la diversidad de perfiles profesionales. Su composición se hará pública antes de que acabe el plazo de presentación de los dossieres.
El funcionamiento del jurado se ajustará a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.
Si alguno de los miembros del jurado se da cuenta de alguna causa de abstención, deberá renunciar a formar parte.
El jurado actuará con libertad y discrecionalidad. Valorará la metodología, la singularidad, el carácter inédito e innovador del proyecto.
Deberá resolver motivadamente la concesión del Premio o su consideración que debe declararse desierto. Intentará tomar las decisiones por consenso. En caso contrario se seguirá el procedimiento de votaciones sucesivas hasta obtener una mayoría de votos a favor de una obra determinada, que será la ganadora.
El veredicto, que es inapelable, será secreto hasta la fecha de entrega del premio.
5. Entrega del Premio
El Premio se entregará el 20 de enero de 2026, durante las Fiestas de San Sebastián. Si la persona o personas ganadoras no pueden asistir podrán delegar la recogida.
6. Instrucción y resolución
La instrucción del procedimiento corresponde al Departamento de Cultura. A la vista de la decisión del jurado, el instructor formulará la propuesta de resolución, que elevará a la Junta de Gobierno de Palma que acordará la concesión de los premios.
ÚNICAMENTE LAS PERSONAS PROPUESTAS PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO, con carácter previo a la adopción del acuerdo, deben aportar la documentación requerida y presentarla a través del Registro del Ayuntamiento de Palma, realizando todas las tramitaciones necesarias a cuenta del interesado:
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Fotocopia del NIF o del documento de identificación correspondiente.
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Certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que está al corriente con respecto a sus obligaciones con la Seguridad Social.
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Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria española que acredite que está al corriente en cuanto a sus obligaciones tributarias.
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Certificado de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares que acredite que está al corriente en cuanto a sus obligaciones tributarias.
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Certificado que acredite que no tienen deudas pendientes de pago con el Ayuntamiento de Palma.
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En caso de residencia fuera de España, el número de identificación fiscal para la gestión de las obligaciones tributarias del Premio, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria.
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Certificado bancario de los datos de la cuenta corriente donde el premiado/a solicita que se ingrese la subvención.
Toda la información estará disponible en la web del Ayuntamiento, apartado Subvenciones https://www.palma.es/ca/registre-de-subvencions y en la web https://www.palmacultura.es/ .
Se prescindirá del trámite de audiencia, de acuerdo con el art. 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no puede exceder los seis meses a partir del plazo máximo de presentación de las obras.
La resolución sólo se notificará a las personas premiadas y se hará pública en la web del Ayuntamiento de Palma.
7. Crédito y aplicación presupuestaria
Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión del Premio de esta convocatoria se reserva la cantidad total de 6.000 €, de los que 3.000 € serán con cargo a la aplicación presupuestaria 03.33420.48100 Premios Ciutat Palma.- Premios, del Presupuesto de gastos de 2026 y 3.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 03.33420.48100 del Presupuesto de gastos de 2027.
El Premio está sujeto a la normativa fiscal vigente.
8. Régimen jurídico
Para todo lo que no prevén estas Bases son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado mediante el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; la Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma; el Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones, aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local; el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares; la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma; las Bases de ejecución del Presupuesto municipal, y el resto de normativa que sea de aplicación.
Este Premio se rige por los principios de publicidad y concurrencia competitiva.
9. Interposición de recursos
Contra las resoluciones de aprobación de las Bases y de concesión o denegación de las subvenciones, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición, con carácter previo y potestativo ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, o alternativamente en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en la forma establecida en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y dicha Ley 39/2015.
10. Aceptación e interpretación de las Bases
Tomar parte en el Premio Ciutat de Palma supone el pleno conocimiento y aceptación de estas Bases en su totalidad y dar el consentimiento para la gestión de los datos personales.
Incumplir las obligaciones de las Bases podrá ser motivo de revocación de los beneficios de la convocatoria; así como, de la aplicación del régimen de infracciones y sanciones establecido por el título IV de la Ley 38/2003 y por el título VI de la Ordenanza municipal de subvenciones.
El jurado del Premio tiene la facultad de interpretar las Bases y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su finalidad.
Cualquier caso no previsto en estas Bases y en el desarrollo de esta convocatoria será resuelto por la organización de estos Premios.
11. Protección de datos de carácter personal
De acuerdo con el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de protección de datos de carácter personal y la normativa de desarrollo, los datos que se aporten se incorporarán y se tratarán en el fichero de subvenciones con la finalidad de llevar su gestión. Se puede ejercer el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de estos datos según las condiciones previstas en la legislación vigente.
Los datos facilitados por los participantes se incorporan a ficheros propiedad del Ayuntamiento de Palma. El órgano administrativo ante el que pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros que reconozca dicha Ley es la Concejalía de Turismo, Cultura, Deportes y Coordinación Municipal.
Para consultas sobre las Bases pueden dirigirse al Negociado de Cultura (tel. 971225900, ext. 1330, a/e: negcultura@palma.cat).
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