55 Certamen Nacional de Pintura Vila de Sant Joan d´Alacant

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Bases
55 CERTAMEN DE PINTURA - I PREMIO JOVE DE VILLA DE SANT JOAN
ANUNCIO
CONVOCATORIA 55ª EDICIÓN CERTAMEN DE PINTURA VILA DE SANT JOAN D’ALACANT” Y I PREMIO JOVEN VILA DE SANT JOAN
Se hace público que, con fecha de 12 julio de 2022, se ha dictado Resolución número
2022-2004 en la que se Convoca LA 55 EDICIÓN DEL CERTAMEN DE PINTURA/ I PREMIO JOVE VILA DE SANT JOAN, y se aprueban las Bases reguladoras de dicho certamen, que se transcriben a continuación:
PRIMERA. -OBJETO.
Constituye el objeto de las presentes bases la regulación de la 55ª EDICIÓN DEL
CERTAMEN DE PINTURA VILA DE SANT JOAN, convocado por La Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant con el ánimo de fomentar esta sección del arte e incorporar como novedad, un nuevo premio que, de impulso a nuevos y jóvenes talentos, el PREMIO JOVEN VILA DE SANT JOAN
SEGUNDA. -PARTICIPACIÓN.
El concurso está abierto a cualquier persona mayor de edad con nacionalidad española o residencia legal en España.
Para el PREMIO JOVEN VILA DE SANT JOAN, constituye requisito específico de participación tener de 18 a 30 años, ambos inclusive.
No podrán participar quienes estén incursos en alguna de la causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -LGS-
TERCERA. - CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS O CREACIONES QUE SE PUEDEN PRESENTAR.
₋ Cada participante podrá presentar un máximo de 2 obras.
₋ Han de ser originales, no se admiten copias de obras premiadas o seleccionadas en otros concursos.
₋ Temática y técnica libre.
₋ Las obras estarán exentas de cualquier elemento sexista o discriminatorio.
₋ Formato: no podrá ser superior a 2x2m ni menor de 100x81cm. Las obras compuestas por partes diferentes (como dípticos, trípticos…), a efectos de dimensiones máximas, se computará el conjunto de todas sus partes.
₋ Deberán presentarse sin enmarcar o bien enmarcadas con un simple listón de madera.
₋ No se admitirán obras protegidas con un cristal.
₋ Los participantes, si lo consideran oportuno, darán instrucciones necesarias para montaje y exhibición de su obra, si no lo hicieren, no se admitirán reclamaciones.
CUARTA. -INSCRIPCIÓN Y FORMA DE PRESENTACIÓN.
Las fichas de inscripción se dirigirán al Sr Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, según modelo que figura como anexo de este documento.
En dicha solicitud se expresará la voluntad de participar en el certamen, y declarará bajo su responsabilidad, que no se encuentra incurso en ninguna de las circunstancias de prohibición para obtener la condición de beneficiario de ayuda o subvención, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento.
Gastos
Cada participante se hará cargo de los gastos de transporte y seguro que se generen tanto para la presentación como para la retirada de las obras.
Modo y lugar de entrega de la obra:
La obra se entregará sin firmar, etiquetada por su reverso. En la etiqueta se hará constar únicamente:
- El título de la obra y la leyenda “55 Certamen Pintura Vila Sant Joan d’Alacant”
Con la obra se entregarán 2 sobres cerrados con el Título de la obra en su exterior.
Uno de los sobres irá pegado al reverso de la obra. El otro sobre se entregará al personal que recepcione la obra. Los sobres contendrán la siguiente documentación:
- Datos personales del autor de la obra, con fotocopia del documento que acredite la identidad del solicitante (DNI, NIE, Pasaporte, etc), datos de contacto (teléfono, dirección y correo electrónico y breve currículum artístico).
- Fotografía (color) de la obra presentada, en cuyo reverso ha de figurar el título de la obra, y explicación, y, la leyenda “55 Certamen Pintura Vila Sant Joan d’Alacant”.
El receptor de la obra expedirá los correspondientes justificantes de participación a los inscritos, que servirá de justificante para la retirada posterior de las obras. Podrá rechazarse aquellas obras que no se ajusten a lo establecido en las presentes bases.
Puede presentarse, en horario de 9:00 h a13:30 h en días laborables personalmente o mediante envío en Casa de Cultura de Sant Joan d’Alacant, sita en Carrer la mar s/n (frente a plaza José Carreras) 03550 Sant Joan d’Alacant en días laborables.
Punto de información: 965941129; auditorio@santjoandalacant.es
QUINTA. -PLAZO DE PRESENTACIÓN.
El plazo de inscripción y de presentación de la obra será desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante hasta el día 30 de septiembre de 2022, inclusive.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la web la relación de solicitudes admitidas SEXTA. - JURADO.
Composición:
a) Actuará como presidenta honorífica la Concejala de Cultura, que actuará con voz pero sin voto.
b) Actuarán como vocales un número impar personas relacionadas profesionalmente con la cultura y la pintura.
c) Actuará como secretario un empleado público del Ayuntamiento.
En la medida de lo posible se atenderá a una composición paritaria de mujeres y hombres. En caso de que no fuese paritario, se realizará un informe al expediente que justifique dicha situación.
Corresponderá a la Alcaldía-Presidencia la designación de los integrantes del jurado, a propuesta de la concejalía de cultura.
Las deliberaciones del jurado serán secretas y se levantará acta de la reunión. El fallo del jurado será inapelable. La decisión se adoptará por mayoría simple. A la vista del acta, la Concejalía de Cultura emitirá propuesta, que será vinculante para la concesión de los premios, efectuándose esta por Resolución de Alcaldía.
El jurado estará facultado para dejar desiertos los premios cuando las obras presentadas no alcancen la calidad necesaria, o cuando no se haya presentado ningún participante.
La función del jurado se concretará, además de en su función evaluadora, en la interpretación de las siguientes bases, resolviendo aquellas cuestiones o circunstancias excepcionales, que puedan suscitarse a lo largo del proceso.
SÉPTIMA.- PREMIOS.
El fallo será publicado en el Tablón de anuncios del ayuntamiento, así como en la web y redes sociales utilizadas por la concejalía de cultura. El premio concedido deberá remitirse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
El fallo será comunicado a los autores galardonados, los cuales se comprometen a asistir al acto formal de la entrega de premios, excepto por causas justificadas, pudiendo designar a otra persona para que asista en su nombre. En caso de que no fuera posible celebrar el acto de entrega de premios, será suficiente con la publicación del fallo en la web municipal.
Obra ganadora:
- PREMIO VILA DE SANT JOAN:
Premio económico de 4000€
Diploma
Posibilidad de sala de exposición con duración de 20 días.
- PREMIO JOVE VILA DE SANT JOAN:
Premio económico de 1.000€
Diploma
Posibilidad de sala de exposición en el Centro de la Juventud con duración de 20 días.
A las obras que resulten en segundo y tercer lugar se les hará mención honorífica, La entrega de premios se realizará durante la inauguración de la exposición de las obras premiadas y seleccionadas.
El pago de los premios en metálico se realizará por transferencia bancaria a la cuenta indicada por el/a solicitante
La retención de IRPF a practicar sobre los premios en metálico será aquella que venga impuesta por la legislación fiscal vigente y se ordenará su liquidación dentro del mismo año fiscal.
OCTAVA. - CRITERIOS PARA OTORGAR PREMIO
Los criterios en los que se basará el jurado para otorgar el premio serán el reconocimiento, composición y comprensión de la obra, la técnica utilizada, el tipo de soporte, la temática y el cumplimiento de las bases del concurso.
NOVENA.- DERECHOS Y RESPONSABILIDAD LEGAL
El autor/a premiado cederá al ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, los derechos de publicación y reproducción de la obra premiada.
El Ayuntamiento de Sant Joan adquiere en exclusiva todos los derechos económicos de propiedad intelectual inherentes a la obra ganadora y podrá libremente proceder a la reproducción, distribución, comunicación pública y transformación durante el plazo señalado el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, así como los derechos de distribución y comunicación pública de las obras. Queda la distribución o exposición en las redes interactivas, tipo Internet.
Del mismo modo, los autores premiados conservarán los derechos de autoría de su obra, que le reserva la Ley de Propiedad Intelectual, por lo que serán citados en cualquier uso futuro de la obra.
El autor de la obra será el único responsable de las reclamaciones que se produjeran por la vulneración de cualquier derecho a tercero, incluyendo los derechos de propiedad intelectual, industrial o derechos de imagen.
DÉCIMA. - ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La mera participación en las convocatorias supondrá la aceptación de la totalidad de las normas que la rigen.
El incumplimiento de alguna de las normas de esta convocatoria dará lugar a la exclusión de la persona autora y su obra de la convocatoria o revocación del premio En caso de existir dudas o discrepancias en la interpretación de las bases, el Jurado se reserva el derecho a la interpretación, atendiendo a la finalidad para la cual se ha creado esta convocatoria.
UNDÉCIMA. DEVOLUCIÓN DE LAS OBRAS
Las obras no seleccionadas se retirarán en plazo máximo de 30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del fallo del Jurado.
En el mismo plazo habrá de recogerse, una vez terminada la fase de exposición de las seleccionadas no ganadoras. Las obras no retiradas pasarán a formar parte del
Ayuntamiento
DUODÉCIMA- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD en adelante), así como por el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas, en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD en adelante), las personas solicitantes quedan informadas de que los datos de carácter personal que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su solicitud y demás documentación necesaria para proceder a la concesión de las ayudas serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de gestionar el concurso objeto de las presentes Bases, así como controlar el cumplimiento de las obligaciones indicadas en las mismas.
En relación con el tratamiento de datos personales de las personas solicitantes, quedan informadas de los siguientes datos:
Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, con CIF P0311900E y domicilio en Plaza España, 1, 03550 Sant Joan d'Alacant, Alicante.
Persona delegada de protección de datos: dpd@santjoandalacant.es
Finalidad del tratamiento: Gestión del concurso objeto de estas Bases.
Legitimación: RGPD 6.1 E) El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, amparado en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Personas destinatarias: Personas miembro del Jurado, entidades públicas intervinientes en la gestión del concurso, Agencia Tributaria, Base de Datos Nacional de Subvenciones y supuestos previstos por la Ley.
Tratamiento de imágenes y/o grabaciones: Este concurso es considerado evento de interés público y de relevancia cultural. El Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, podrá obtener fotografías y/o grabaciones de imagen y sonido de las personas participantes, de los integrantes del jurado y personas asistentes a los diferentes actos derivados del concurso, incorporarlas a memorias u otros documentos, archivarlas y publicarlas en medios de comunicación y redes sociales, pudiendo ejercerse en todo momento los derechos especificados en el punto “Derechos de las personas interesadas”. Estas publicaciones no generan derecho a compensación económica alguna para las personas que aparecen en las mismas.
El Ayuntamiento podrá captar, archivar y publicar las imágenes de las personas ganadoras de alguno de los premios durante la ceremonia de entrega de estos.
Transparencia: En virtud de la legislación sobre transparencia y sobre el desarrollo de procesos de concurrencia competitiva por parte de las Administraciones Públicas, las calificaciones de los trabajos presentados podrán ser consultadas por las personas participantes durante el desarrollo del concurso, así como por otras personas una vez finalizado el mismo, en ejercicio del derecho de acceso a información pública recogido en dicha legislación.
Transferencias internacionales de datos: No se realizan transferencias internacionales de datos.
Plazo de conservación: La información sobre el concurso y los datos personales asociados serán conservados, sin perjuicio del ejercicio de los derechos que asisten a las personas interesadas, como eventos municipales de interés público para su archivo histórico. Los datos asociados a las obligaciones tributarias y registro de subvenciones serán suprimidos cuando prescriban las posibles actuaciones que pudieran entablarse en estos ámbitos.
Derechos de las personas interesadas: Tienen derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, la rectificación o supresión de los mismos, a la limitación de su tratamiento, a oponerse al mismo o a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles. La persona interesada puede ejercitar estos derechos dirigiéndose al Ayuntamiento de Sant Joan d'Alacant, bien a través de su Sede Electrónica, accesible en la dirección:
https://santjoandalacant.sedelectronica.es o presentando escrito en su Registro General de Entrada. En todos los casos, el ejercicio de estos derechos requiere la identificación de la persona interesada.
DÉCIMOTERCERA. - PUBLICACIÓN
Las presentes Bases y su convocatoria se publicarán en el BOP de la Provincia de
Alicante, por conducto de la BDNS, y en la página web del Ayuntamiento de Sant Joan D´Alacant.
FICHA DE INSCRIPCIÓN
DATOS DE LA PERSONA PARTICIPANTE
NIF/NIE:
NOMBRE:
PRIMER APELLIDO:
SEGUNDO APELLIDO
DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES:
TELÉFONO: CORREO ELECTRÓNICO:
OBRA PRESENTADA
TÍTULO:
VALORACIÓN Y BREVE DESCRIPCIÓN DE LA OBRA PRESENTADA Y DATOS DE INTERÉS QUE EL AUTOR CONSIDERE NECESARIO DESTACAR:
SOLICITO que se admita la obra presentada para participar en la convocatoria
Declaro bajo mi responsabilidad que no me encuentro incurso en ninguna de las circunstancias de prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria de ayuda o subvención, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento.
En Sant Joan d’Alacant a de 2022
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, con CIF
P0311900E y domicilio en Plaza España, 1, 03550 Sant Joan d'Alacant, Alicante
Persona delegada de protección de datos: dpd@santjoandalacant.es Finalidad Gestión del certamen convocado.
Legitimación Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos otorgados a esta Entidad.
Personas destinatarias: Personas miembros del Jurado, entidades públicas intervinientes en la gestión del concurso, Agencia Tributaria, Base de Datos Nacional de Subvenciones y supuestos previstos por la Ley.
No hay previsión de transferencias a terceros países. Derechos Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional.
Información Adicional Puede consultar la información adicional y detallada sobre
Protección de Datos en la siguiente dirección https://santjoandalacant.sedelectronica.es/privacy
SR. ALCALDE PRESIDENTE AYUNTAMIENTO SANT JOAN D’ALACANT
Contra la convocatoria y las bases que la regulan, que es definitiva y agota la vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, o interponer con carácter potestativo, Recurso de Reposición en el plazo de un mes, ante el órgano municipal que dictó el acuerdo, sin perjuicio de cualquier otro que se estime conveniente interponer.
En Sant Joan d’Alacant a la fecha de la firma electrónica
EL ALCALDE
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