PREMIO CIUTAT DE PALMA BONET DE SANT PERE DE MÚSICA 2021

PREMIO CIUTAT DE PALMA BONET DE SANT PERE DE MÚSICA 2021
Premios: 6.000 euros
Fecha apertura: 09 ago de 2021, 00:01
Fecha límite: 15 oct de 2021, 23:59
Participantes: Provincial
Obra:

Traducción automática realizada por el Traductor de Google. Recomendamos descargar las bases originales.

Bases

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PREMIO CIUTAT DE PALMA BONET DE SANT PERE DE MÚSICA 2021

 

El Ayuntamiento de Palma convoca el Premio Ciutat de Palma de Música para premiar las grabaciones musicales realizadas por artistas establecidos en las Islas Baleares.

1. Premio

El Premio está dotado con 6.000 € y es único e indivisible.

2. Participación

Las obras que concursen deberán ser grabaciones musicales originales de cualquier género musical, de artistas establecidos en las Islas Baleares. Se premiará al autor o autores del mejor álbum musical de larga duración publicado entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021.

Las obras deben ser álbumes musicales de larga duración; es decir, más de 7 pistas y/o un mínimo de 30 minutos de duración.

El autor o autores se comprometen a declarar expresamente que el álbum ha sido "ganador del Premi Ciutat de Palma Bonet de Sant Pere 2021" en todos los medios digitales y/o publicaciones donde se mencione.

El autor o autores son responsables de las posibles reclamaciones de derechos por parte de terceros en relación con sus obras.

3. Documentación y envío de las obras

El plazo de admisión de las obras empezará el día siguiente de la publicación de las Bases y finalizará el 15 de octubre de 2021, a las 23:59 horas (hora peninsular española).

Los trabajos deberán presentarse a través de la plataforma web www.mundoarti.com, rellenando con los datos personales el formulario correspondiente, en uno de los siguientes formatos:

  • Un enlace web utilizando las plataformas YouTube o Vimeo donde se pueda escuchar el álbum completo sin contraseñas o indicándolas en la sección "Descripción".
  • Un único archivo MP3 con el álbum completo de un tamaño máximo de 25 MB.

También se debe adjuntar la siguiente documentación:

  • Breve currículum donde se indique la trayectoria profesional del artista y/o su formación artística
  • Dossier completo del álbum en formato PDF

Una vez presentada la obra al Premio, el autor o autores no podrán retirarla para realizar correcciones, ampliarla o renunciar al Premio.

4. Jurado

El jurado estará formado por un máximo de cinco personas de reconocido prestigio vinculadas al mundo de la música, designadas a propuesta del Consejo Municipal de la Cultura, y una persona de la Concejalía de Cultura, con voz y sin voto, para actuar como secretaria. La composición del jurado se hará pública antes de la fecha límite para la presentación de las obras y será paritaria.

El funcionamiento del jurado se ajustará a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si alguno de los miembros del jurado es consciente de alguna causa de abstención, deberá renunciar a formar parte del mismo.

El jurado actuará con libertad y discrecionalidad. Deberá resolver motivadamente la concesión del Premio o su consideración de declararlo desierto. Intentará tomar las decisiones por consenso. De lo contrario, se seguirá el procedimiento de votaciones sucesivas hasta obtener una mayoría de votos a favor de una determinada obra, que será la ganadora. Su veredicto será inapelable.

5. Entrega del Premio

El Premio se entregará el 20 de enero de 2022, durante las Fiestas de San Sebastián. Si la persona o personas que ganan no pueden asistir, pueden delegar la recogida.

6. Normativa fiscal

El Premio está sujeto a la normativa fiscal vigente.

Antes de la propuesta final de adjudicación, la persona o personas premiadas deberán presentar:

  1. Fotocopia del DNI o documento identificativo correspondiente.
  2. Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  3. Certificado de la Agencia Tributaria Estatal que acredite que está al corriente en lo que respecta a sus obligaciones tributarias.
  4. Declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Palma (Anexo I).
  5. Declaración responsable de no estar afectada por ninguna de las prohibiciones establecidas por el art. 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones de la CAIB, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, ni es culpable en procedimientos de cobro mediante vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Palma y con el resto de órganos otorgantes (Anexo I).
  6. Si no tiene residencia fiscal en España, certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país en cuestión, que acredite su residencia fiscal.
  7. Certificado bancario de los datos de la cuenta corriente de la entidad donde se solicita el ingreso de la subvención (Anexo II).

Los anexos se pueden descargar de la web del Ayuntamiento, sección Subvenciones.

7. Instrucción y resolución

La instrucción del procedimiento corresponde al Departamento de Cultura de la Concejalía de Cultura y Bienestar Social. A la vista de la decisión del jurado, el instructor formulará la propuesta de resolución, que se elevará a la Junta de Gobierno de Palma. Prescindirá del procedimiento de audiencia, de conformidad con el art. 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá ser superior a seis meses a partir del plazo máximo de presentación de las obras. La resolución será notificada a los ganadores, de conformidad con el art. 45 de la mencionada Ley 39/2015.

8. Régimen jurídico

Para todo aquello que no prevean estas Bases son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Palma; el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local; el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares; la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma; las Bases de ejecución del Presupuesto municipal, y el resto de la normativa aplicable.

Esta convocatoria se rige por los principios de publicidad y concurrencia competitiva.

9. Asignación presupuestaria

Para hacer frente a las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión del Premio de esta convocatoria, se reserva el importe total de 6.000 €, con cargo a la partida 03.33420.48100 del Presupuesto de Gastos 2022.

10. Aceptación e interpretación de las Bases

Participar en el Premi Ciutat de Palmae de Música supone la aceptación de las presentes Bases y el consentimiento para el tratamiento de los datos personales.

De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos facilitados por los participantes quedan incorporados a ficheros titularidad del Ayuntamiento de Palma. El órgano administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros reconocidos por esta Ley es la Concejalía de Cultura y Bienestar Social.

El incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases puede ser motivo de revocación de los beneficios de la convocatoria.

El Jurado del Premio tiene la facultad de interpretar las Bases y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su finalidad.

Cualquier caso no previsto en las presentes Bases y en el desarrollo de esta convocatoria será resuelto por la organización de estos Premios.

Para consultas sobre las Bases, pueden ponerse en contacto con el Negociado de Música y Artes Escénicas (Tel. 971720135, c/e musicaiescena@palma.cat). Para consultas técnicas sobre cómo funciona la plataforma, pueden ponerse en contacto con contacto@mundoarti.com, Tel. 960707763.

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