I PREMIO INTERNACIONAL DE PINTURA CIUDAD DE SEVILLA

I PREMIO INTERNACIONAL DE PINTURA CIUDAD DE SEVILLA
Premios: 30.000 euros
Fecha apertura: 05 abr de 2025, 12:39
Fecha límite: 05 may de 2025, 23:59
Participantes: Desde 18 años. Internacional
Obra:

Traducción automática realizada por el Traductor de Google. Recomendamos descargar las bases originales.

Bases

I PREMIO INTERNACIONAL DE PINTURA CIUDAD DE SEVILLA

 

El Ayuntamiento de Sevilla a través del Instituto de la Cultura y las Artes de Sevilla (ICAS) lanza la primera edición del Premio Internacional de Pintura Ciudad de Sevilla, dotado con 30.000 euros, con el objetivo de reconocer la excelencia en la pintura contemporánea y posicionar Sevilla como referente cultural a nivel internacional.

 

La convocatoria está abierta a artistas mayores de 18 años de cualquier nacionalidad, que podrán presentar hasta dos obras originales creadas a partir de 2020. La técnica es libre y las dimensiones deben estar entre 81 y 250 cm. Las solicitudes deben presentarse en un plazo de 30 días naturales tras la publicación en el BOP, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla. El fallo del jurado será inapelable y la obra premiada pasará a formar parte del patrimonio del Ayuntamiento.

 

El periodo de presentación es del 5 de abril al 5 de mayo de 2025. 

Consulta las bases completas en el BOP: https://bopsevilla.dipusevilla.es/publica/buscador-anuncios/anuncio/Extracto-num-179914-de-la-resolucion-por-la-que-se-aprueban-las-bases-y-la-convocatoria-del-Premio-Internacional-de-Pintura-de-la-Ciudad-de-Sevilla-2025-BDNS-codigo-824301/

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria junto con el texto completo de las bases en la Base de Datos Nacional de Subvenciones que puede consultarse en el siguiente enlace: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias/824301

 

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL I PREMIO INTERNACIONAL DE PINTURA “CIUDAD DE SEVILLA”


PRIMERA.- CONVOCATORIA

El Instituto de la Cultura y las Artes del Ayuntamiento de Sevilla (en adelante ICAS) convoca la primera edición del Premio Internacional de Pintura Ciudad de Sevilla con el objetivo de fomentar la creación artística y apoyar la trayectoria de los artistas participantes. El premio, además, pone de relieve el apoyo de la Ciudad de Sevilla a la Cultura, reafirmándose como lugar de referencia de la creación plástica contemporánea.


SEGUNDA.- OBJETO, FINALIDAD, CUANTÍA Y FINANCIACIÓN
Se convoca en régimen de concurrencia competitiva el I PREMIO INTERNACIONAL DE PINTURA CIUDAD DE SEVILLA, de conformidad con la Disposición Adicional Décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El Premio Internacional de Pintura Ciudad de Sevilla nace con el objetivo de establecer un certamen de reconocimiento internacional en el campo de la pintura, buscando celebrar y reconocer la excelencia en la pintura contemporánea, y también fomentar un entorno en el que los artistas puedan prosperar y recibir el reconocimiento que merecen.


Asimismo, el premio se enmarca dentro de una estrategia más amplia que pretende posicionar la ciudad de Sevilla como centro neurálgico de la cultura artística, atrayendo artistas de diversas procedencias y con varios enfoques estilísticos, enriqueciendo el tejido cultural de la ciudad y estimular un diálogo creativo entre tradiciones locales y perspectivas globales, honrando la rica herencia artística de Sevilla y proyectando la ciudad hacia el futuro, invitando a nuevas generaciones de artistas a explorar y contribuir al enriquecimiento de la escena cultural de la ciudad.


Se concederá un único premio, de entre las obras presentadas, con una dotación económica de 30.000,00€, con cargo a la aplicación presupuestaria 90000-33400-48900 del presupuesto del ICAS 2025. La concesión de este premio está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. El premio tendrá el carácter de indivisible, podrá declararse desierto y no podrá concederse a título póstumo. No se concederán accésits ni menciones especiales.
La dotación económica del premio estará sometida a la normativa fiscal de aplicación.


En cumplimiento de lo establecido en la Disposición Adicional Décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y aunque la presente Convocatoria regula la concesión de premios y no expresamente subvenciones, será de aplicación la citada Ley así como la Ordenanza por la que se aprueban las bases de las subvenciones en el Ayuntamiento de Sevilla de 14 de julio de 2005, siempre que sea compatible con la naturaleza de los mismos.

 

TERCERA.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES, COMPATIBILIDAD DE LOS PREMIOS Y CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS
Los autores deberán ser mayores de 18 años a la fecha del cierre de la convocatoria, sin restricciones de residencia o nacionalidad. Cada concursante podrá concurrir con un máximo de dos obras, de las que tendrá que ser el autor y propietario. Estas dos obras pueden estar o no ejecutadas en la misma fecha y podrán ser o no obras de una misma serie. En cualquier caso, las obras presentadas tendrán que haber sido realizadas desde el año 2020 en adelante.


La temática y la técnica serán de libre elección, si bien la obra debe enmarcarse dentro de la pintura en sentido amplio. Los soportes permitidos serán lienzo, papel y/o tabla. Las medidas serán no inferiores a 81 cm. ni superiores a 250 cm. en ninguno de sus lados.
Las obras presentadas no podrán haber sido premiadas anteriormente en otra convocatoria ni presentada a otra simultáneamente a este concurso, acreditándose este supuesto mediante declaración responsable.


Los trabajos presentados deben estar libres de derechos que puedan detentar terceros, considerándose el Ayuntamiento de Sevilla exento de toda responsabilidad en caso de litigio o discusión que pueda surgir de ello.


La obra podrá presentarse enmarcada con un listón o junquillo que no supere los 3 cm de anchura. Los trabajos realizados sobre papel deberán estar protegidos por material plástico transparente e irrompible. No se admitirán las obras protegidas por cristal.
En el caso de que el beneficiario del premio sea de nacionalidad extranjera, tendrá la obligación de tramitar la documentación legalmente establecida a efectos fiscales por la Agencia Tributaria Española.


Para proceder a dar de alta en el fichero de terceros del ICAS, y previo al abono del premio otorgado, en el caso de que el premiado sea de nacionalidad extranjera (pertenecientes o no al territorio de la Unión Europea) será necesario aportar su NIE.

 

CUARTA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, por traslado de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de conformidad con el art. 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, operando la BDNS como sistema nacional de publicidad de las subvenciones.


Se dará difusión de la presente Convocatoria en el Tablón de Edictos Electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, la página web del ICAS, así como en otros medios que se consideren convenientes.
No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas o registradas fuera del plazo establecido, incluso aquellas enviadas por los servicios postales deberán tener entrada en el Registro antes de la fecha de finalización del plazo.

 

QUINTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Cada participante podrá presentar su candidatura a través de la cumplimentación del formulario correspondiente (Anexo I Solicitud) en Registro Electrónico General de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sevilla ( https://sede.sevilla.org ), así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de 1 de octubre, como en el registro electrónico de la Administración General del Estado: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do ; sin perjuicio de los demás medios de presentación previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


La documentación a presentar en la solicitud es la siguiente:

 

  • Anexo I Solicitud de participación, debidamente cumplimentada y firmada, (es imprescindible la firma de la cláusula de protección de datos). En el que aparece:
  • Nombre y apellidos del autor real y seudónimo si tuviera.
  • Título.
  • Técnicas.
  • Medidas.
  • Fecha de realización.
  • Declaración responsable, que incluye: que la obra es original del autor y no ha sido objeto de ningún otro premio otorgado por otras administraciones públicas, entes públicos o privados, nacionales o internacionales, así como la autorización para la reproducción gráfica de la obra en caso de resultar finalista, y si fuera necesario, para su exposición. Asimismo en caso de resultar ganador se transferirá al Ayuntamiento de Sevilla la propiedad de la obra y los derechos de propiedad intelectual de deriven de ésta, cediendo dichos derechos con carácter universal y durante el período máximo establecido en la Ley de Propiedad Intelectual.
  • Documento de identificación (DNI/NIE/Pasaporte).
  • Fotografías de la obra (un máximo de 3 fotografías) con la que se participa, en formato digital JPG entre 3Mb y 5Mb.
  • Breve currículo artístico que no supere los 2.000 caracteres, que incluya formación, exposiciones de interés y premios relevantes.

 

Por cada obra que presente un mismo participante deberá presentar una solicitud, siendo el máximo permitido de dos solicitudes por autor.


Presentación presencial:
En el caso de personas físicas, que no estén obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración y cuando así lo soliciten, y declaren no disponer de medios electrónicos suficientes para la realización y trámites con el Ayuntamiento y sus entes instrumentales, podrán ser asistidos de acuerdo con el procedimiento establecido en las oficinas de asistencia a personas físicas en materia de registro. Podrán dirigirse al Registro General del Ayuntamiento de Sevilla, sito en la Plaza de San Sebastián, número 1, 41001 de la ciudad de Sevilla, de lunes a viernes de 9 a 14 horas sin perjuicio de los medios de presentación previstos en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, o cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro ubicados en:

Casco Antiguo: C/ Crédito, 11, 41002
Cerro-Amate: Avda. San Juan de la Cruz, Esq. Avda. Juan XXIII, s/n. 41006.
Este-Alcosa-Torreblanca: N. R. Los Minaretes, Pta. Baja. 41020
Macarena: C/ Manuel Villalobos, s/n, 41009
Distrito Norte: C/ Estrella Proción nº 8, 4015
Nervión: Avda. de la Cruz del Campo, nº 38 A, 40005.
San Pablo-Santa Justa: C/ Jerusalén, s/n, 41007
Los Remedios: Avda. República Argentina, nº 27- B.
Triana: C/ San Jacinto, 33.
Sur: C/ Jorge Guillén s/n.
Bellavista-La Palmera: Avda. de Jerez, nº 61.


Asimismo, podrá presentarse a través de los servicios postales correspondiente mediante sobre dirigido al Registro General del Ayuntamiento de Sevilla, sito en la Plaza de San Sebastián, número 1, 41001 de la ciudad de Sevilla, haciendo constar expresamente en el sobre que se trata de la solicitud para la participación en el I Premio Internacional de Pintura Ciudad de Sevilla.
Las solicitudes de participación que se entregarán para su registro en los lugares mencionados deberán cumplir con las mismas características que las presentadas por el Registro Electrónico General de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sevilla, excepto las fotografías que en este caso deberán aportarse para poder ser escaneadas.


Los participantes se responsabilizan totalmente de ser los únicos autores, de que no existen derechos de terceros, así como de toda reclamación por derechos de imagen sobre las obras presentadas al concurso, y eximen a la organización de cualquier responsabilidad derivada de posibles reclamaciones de terceros. El Ayuntamiento de Sevilla podrá reproducir y difundir imágenes de las obras finalistas con fines culturales y promocionales.


Los participantes autorizan mediante estas bases, a la reproducción, publicación o difusión de las obras ganadoras o finalistas, en cualquier medio, para los periodos y limitaciones que la legislación actual española establece, siempre con el único propósito de dar difusión al concurso y sin perjuicio alguno sobre los derechos del propio autor.

 

SEXTA.- SUBSANACIÓN DE LAS SOLICITUDES
En el Tablón de Edictos Electrónicos del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla se publicará el listado comprensivo de las solicitudes que presenten deficiencias en su documentación y que no reúnan los requisitos establecidos en las convocatorias. En dicha publicación el órgano competente requerirá a los interesados la subsanación en el plazo máximo de diez días hábiles. Transcurrido este plazo sin que se hayan subsanado las deficiencias, originará la continuación del procedimiento, entendiendo a tales interesados desistidos de su solicitud. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todos los interesados así como de forma individual y, en particular, cualquier tipo de requerimiento se publicarán en el Tablón de Edictos Electrónicos del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, en los términos previstos en el artículo 40.2 y 45.1 b) de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.
El órgano instructor podrá en cualquier momento del procedimiento instar al solicitante a que cumplimente cualquier requisito o trámite que resulte necesario.

 


SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO, JURADO, VALORACIÓN Y CONCESIÓN
La instrucción del procedimiento corresponderá a la Jefatura de Servicio de Gestión Administrativa y Subvenciones del ICAS.


Según lo establecido en el art. 22.1 de la Ley 38/2003, el premio se adjudicará por la Vicepresidencia del ICAS a propuesta del Jurado, que estará compuesto por los siguientes miembros:


Presidencia: Presidencia del ICAS o Vicepresidencia.


Vocalías:
a) Dirección General de Cultura o persona en quien delegue.
b) Director de Programación del ICAS o persona en quien delegue.
b) Cuatro profesionales de reconocido prestigio en el ámbito del arte y la cultura nombrados por resolución de la Vicepresidencia.


Secretaría: Jefatura de Servicio de Gestión Administrativa y Subvenciones del ICAS, o persona en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.


El Jurado actuará con pleno respeto a los criterios de igualdad, no discriminación y transparencia, ponderando la adecuación de la obra a la finalidad perseguida en la presente convocatoria.


El Jurado adecuará su actuación al régimen de órganos colegiados establecido en la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, tendrá facultades para resolver cuantas dudas surjan en la interpretación de la presente Convocatoria y podrá requerir a los solicitantes, en cualquier momento de la fase de valoración, cuantos datos y acreditaciones juzguen precisos para valorar y completar aquellos que se deduzcan de la documentación aportada.

El premio tendrá el carácter de indivisible, podrá declararse desierto y no podrá concederse a título póstumo.


El fallo será inapelable y se hará público una vez resuelta la presente Convocatoria. La composición nominal del Jurado, así como el fallo del mismo se darán a conocer conjuntamente mediante su publicación en el Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.


Con carácter previo a la valoración de los trabajos por parte del Jurado, en caso necesario y a criterio de la Organización, si el volumen de obras presentadas lo requiere, intervendrá un grupo de trabajo que se designará por la Vicepresidencia encargado de la selección de obras que finalmente se someterán al mismo.


En todo caso, dicho grupo de trabajo será de tres miembros, pudiendo preseleccionar, siempre en base a los mismos criterios de valoración del Jurado, obras preseleccionadas o finalistas, a las que los miembros del Jurado podrán añadir aquellas obras, en un máximo de dos por jurado, que por el perfil o la trayectoria de sus autores consideren que pueden enriquecer la lista definitiva de obras finalistas.


El jurado realizará una preselección digital de la que se informará a los finalistas, quienes deberán enviar la obra original a la dirección indicada por la organización, en todo caso un espacio del ICAS en la ciudad de Sevilla, en el plazo y en el horario que se indique. Cada obra deberá tener adjunto en el reverso un documento que será facilitado por la organización, donde figurará claramente el nombre y apellidos del o de la artista, así como el título de la misma.


El envío y la devolución correrán por cuenta del participante. La entrega podrá realizarse personalmente o por agencia de transporte. En el caso que la obra se presente mediante representante o intermediario se requerirá autorización escrita del autor.


En el caso que se envíen mediante agencia de transporte, lo serán por cuenta y riesgo de sus autores a portes pagados y, en este caso, sí deberán llegar con embalaje reutilizable y suficientemente sólido para que su posterior devolución asegure su integridad.


Las obras deberán enviarse aseguradas en la modalidad de clavo a clavo. De no considerar el participante la necesidad de asegurarla, deberá indicarlo por escrito eximente de responsabilidad al Ayuntamiento de cualquier eventualidad que suceda.


A todos los trabajos presentados directamente, una vez efectuado el oportuno examen de las obras recibidas, se les extenderá en el momento un justificante de entrega y resguardo para retirar posteriormente las obras. Las obras deberán encontrarse en perfecto estado de conservación en el momento de la entrega, sin cáncamos y sin que sea necesario ningún tipo de intervención o manipulación en la obra.


El ICAS velará por el cuidado de las obras recibidas, pero declina toda responsabilidad por pérdidas, daños o robos, así como cualquier incidente que se pueda producir durante su transporte, recepción, custodia, exhibición o devolución. Las reparaciones que pudieran ser necesarias en una obra serán siempre a cargo del autor, renunciando así a cualquier tipo de reclamación.


Si no se entregara la obra en el plazo establecido se considerará que el participante desiste de su solicitud.


Si en la entrega de la obra se apreciara visiblemente que no coincide la obra preseleccionada con la que se entrega, se podrá indicar por el ICAS que no se recepciona dicha obra por no tratarse de la preseleccionada. Asimismo, podrá no recepcionarse si se aprecian graves daños en la misma.


Por parte del jurado se procederá a la revisión de las obras y a fallar el premio.


Las obras preseleccionadas podrán ser expuestas si así lo decide el ICAS y por el plazo que crea conveniente.

 

OCTAVA.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Por parte del jurado se formulará propuesta de premiado o declaración de desierto el premio.

 

NOVENA.- RESOLUCIÓN

La convocatoria será resuelta por la Vicepresidencia del ICAS a propuesta razonada del Jurado. El plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de obras y solicitudes de participación. La resolución que se dicte, acompañada de la lista de los solicitantes no admitidos por no cumplir con alguna de las condiciones de esta Convocatoria y la lista de autores y sus obras preseleccionadas o finalistas, se hará pública en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.


La resolución será definitiva poniendo fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición o, directamente, recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos por la Ley 39/2015 2, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.


La concesión del premio queda supeditada a la aceptación expresa del beneficiario, que deberá remitirla por alguno de los cauces establecidos en la base quinta al ICAS, en el plazo de 15 días naturales contados desde el siguiente al de la notificación de la resolución. Junto a la comunicación de aceptación deberá presentar la acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y el resto de documentación necesaria para realizar los trámites de abono.

 

DÉCIMA.- ENTREGA DEL PREMIO
La obra premiada pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Sevilla desde la fecha en la que se haga público el fallo del jurado. El autor, como contraprestación por el premio asignado, transfiere al Ayuntamiento de Sevilla la propiedad de la misma y los derechos de propiedad intelectual que deriven de ésta, que se ceden con carácter universal y durante el período máximo establecido por la Ley de Propiedad Intelectual. El Ayuntamiento de Sevilla se reserva, asimismo, los derechos de reproducción gráfica de la obra premiada, que se ceden con carácter universal.


La entrega del Premio Internacional de Pintura Ciudad de Sevilla 2025 y presentación de la obra ganadora tendrá lugar durante el año 2025, en acto público al que asistirá obligatoriamente, salvo que por fuerza mayor acreditada no pudiera asistir, en cuyo caso podrá delegar en la Organización.


UNDÉCIMA.- OBRAS NO PREMIADAS

Una vez finalizado el concurso, los artistas finalistas tendrán un plazo de 15 días naturales para retirar por su cuenta las obras.
En todos los casos la retirada se efectuará adjuntando el correspondiente resguardo de entrega directamente o por medio de persona autorizada al efecto por escrito fehaciente.
Si la obra fue entregada por agencia, será retirada por agencia de transporte de libre elección por el autor, a la dirección que indique la inscripción. Los gastos de recogida y embalaje correrán a cargo del autor.


El Ayuntamiento de Sevilla no será responsable de la conservación de las obras no retiradas una vez terminado el plazo previsto. Transcurridos 10 días hábiles a partir de que finalice el plazo de recogida, se entenderá que dichas obras han sido abandonadas por el autor, pasando a realizarse el correspondiente procedimiento administrativo para que dichas obras pasen a propiedad y libre disposición del Ayuntamiento de Sevilla.


DUODÉCIMA.- SOMETIMIENTO A LA CONVOCATORIA

La presentación de obras y solicitudes para la participación en la presente Convocatoria supone, por parte de los solicitantes/autores, la total aceptación de las bases y condiciones establecidas en la misma, así como de las decisiones de la Organización y del Jurado. Todas las incidencias no contempladas en las bases serán resueltas por el Jurado y el Instructor de la Convocatoria.
En todo lo no previsto en esta Convocatoria será de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, Ordenanza por la que se aprueban las Bases de las subvenciones del Ayuntamiento en régimen de concurrencia competitiva de 14 de julio de 2005 en lo que sean compatibles con la naturaleza de los premios.

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