XXXIII CERTAMEN DE ARTES PLÁSTICAS ART NALÓN 2025
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Bases
XXXIII CERTAMEN DE ARTES PLÁSTICAS ART NALÓN 2025
Bases Reguladoras y Convocatoria – XXXIII CERTAMEN DE ARTES PLÁSTICAS ART NALÓN
El Ayuntamiento de Langreo, en colaboración con el Instituto Asturiano de la Juventud del Principado de Asturias, convoca el XXXIII Certamen de Artes Plásticas Art Nalón con el doble objetivo de fomentar la creación artística de los jóvenes y de servir de escaparate de esa producción.
Por ello, el/la Sr./Sra. Alcalde/sa del Ayuntamiento de Langreo, aprueba las Bases de esta Convocatoria, que se regirán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás normativa legal de aplicación.
BASES
PRIMERA. Objeto de la convocatoria.
El Ayuntamiento de Langreo pretende, con esta convocatoria, incentivar la creación artística en el ámbito de las artes plásticas, y en concreto en sus modalidades de pintura, escultura, dibujo y grabado.
SEGUNDA. Destinatarios.
Podrán concurrir a esta convocatoria todos/as los/as jóvenes nacidos o residentes en España, que no hayan cumplido 36 años a 1 de enero de 2025 y que no hayan resultado premiados en anteriores convocatorias.
El procedimiento de concesión de estos premios se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
TERCERA. Características de las obras.
Las modalidades admitidas serán: PINTURA, ESCULTURA, DIBUJO y GRABADO.
Los/as artistas deberán presentar un único dossier en PDF con al menos diez obras, indicando el título, año de realización, técnica, materiales, dimensiones y precio de cada una de las obras, así como el peso para las esculturas.
Las obras presentadas tendrán que estar realizadas en material definitivo y ser originales, indicándose de forma explícita, en el caso de los grabados, el número de serie.
CUARTA. Requisitos de presentación de las solicitudes.
La participación en el XXXIII Certamen de Artes Plásticas Art Nalón se llevará a cabo a través de la página www.mundoarti.com.
El ANEXO también podrá presentarse a través del portal de la web (www.mundoarti.com) siempre que la personalidad se acredite mediante firma electrónica que pueda ser verificada por la administración.
Para tal fin, los participantes deberán subir un dossier con las obras en PDF de máximo 10 MB, cumplimentar los datos personales y adjuntar la siguiente documentación:
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Currículum Vitae en formato PDF.
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Fotocopia DNI
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Volante de empadronamiento (en el caso de residentes en la Cuenca del Nalón que opten al accésit, excluidos los residentes en Langreo, de los que se obtendrá de oficio). Si no se es residente adjuntar documento en blanco para poder participar.
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Ficha de solicitud (descargar aquí)
La web protegerá la autoría de las obras, garantizando el anonimato y la transparencia del proceso de deliberación. Cualquier duda sobre el funcionamiento de la web será atendida en contacto@mundoarti.com o +34 647 889 954.
Con independencia de la presentación de las obras a través del portal de la web (www.mundoarti.com), para adquirir los derechos y obligaciones inherentes a la participación en el certamen, los participantes deberán presentar firmado el ANEXO (descargar aquí) que acompaña a estas Bases que incluye solicitud de participación y declaración responsable de no encontrarse en ninguno de los supuestos enunciados en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones que impedirían obtener la condición de beneficiario.
El ANEXO firmado deberá presentarse en el registro de cualquier administración pública, como los existentes en los Ayuntamientos u oficinas consulares, junto con el original del D.N.I para acreditar la personalidad.
QUINTA. Plazo de presentación de solicitud
El plazo de participación en el XXXIII Certamen de Artes Plásticas Art Nalón comienza a partir del día siguiente a su publicación en BOPA, y finalizará el 17 de octubre de 2025 a las 23:59 horas. No se aceptará envío alguno fuera de dicho plazo. El Ayuntamiento de Langreo se reserva el derecho a ampliar dichos plazos si así lo estimase oportuno.
SEXTA. Selección de los ganadores.
El Jurado estará presidido por el/la Sr./Sra. Alcalde/sa de Langreo o persona en quien delegue y estará compuesto por personas de reconocido prestigio del campo del arte y la cultura, a propuesta del Ayuntamiento de Langreo.
La concesión del Premio y Accésit se hará por resolución de alcaldía y el fallo será notificado a los medios de comunicación, a los/as ganadores/as por teléfono y se difundirá en la página web del ayuntamiento de Langreo: www.langreo.as
El Ayuntamiento se reserva el derecho de uso no comercial de las imágenes del catálogo.
SÉPTIMA. Premios
El certamen contempla dos categorías, excluyentes entre sí, de premio y accésit, que recaería, este último, en un/a artista nacido/a o residente en la Cuenca del Nalón, no pudiendo recaer en la misma persona premio y accésit. El/la artista nacido/a o residente en la Cuenca del Nalón deberá indicar si opta al Premio o al Accésit.
Se establece un premio por importe de 3.000 € y exposición individual de las obras presentadas, así como un accésit por importe de 1.700 € y exposición individual.
Las obras presentadas a concurso deberán estar disponibles para formar parte de la exposición.
Los portes derivados del transporte de las obras, el seguro y el catálogo de la exposición, correrán a cargo de la organización del Certamen. Se costeará una tirada de 500 ejemplares, 200 de los cuales se entregarán al autor premiado y el resto serán distribuidos entre galerías de arte, universidades y otros lugares de interés para la promoción del/la artista.
Los premios estarán sujetos a las correspondientes retenciones del IRPF.
Ambos galardonados cederán al Ayuntamiento de Langreo una/s de las obras expuestas a decidir en común acuerdo entre el jurado y el artista.
Las obras cedidas pasarán a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Langreo, formando parte de las colecciones de la Pinacoteca Municipal de Langreo Eduardo Úrculo y reservándose todos los derechos sobre las mismas.
El jurado valorará en los proyectos que se presenten su calidad artística, viabilidad de las propuestas y su carácter innovador; podrá hacer mención especial (sin dotación económica) de aquellas obras, presentadas a concurso, que considere merecedoras de dicha distinción.
En el supuesto de que alguno de los premios quede desierto, el jurado podrá otorgar dos premios en la misma categoría siempre que no afecte al importe económico destinado a premios.
OCTAVA. Régimen jurídico.
Los premios que se concedan al amparo de la presente Convocatoria, se regirán en lo que les resulte de aplicación, por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normativa aplicable.
La presente convocatoria está recogida en el Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Langreo para 2025 (BOPA de 27/02/2025), en la LINEA 2.-ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN, Premios y Becas Actividades de Juventud, y tiene una cuantía global para el año 2025 de 4.700 €, que se financiará con cargo a la operación RC: 220250030599 de la partida presupuestaria 33403-48100 del vigente presupuesto.
El extracto de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
NOVENA. Aceptación de las bases.
La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes bases, resolviendo la organización cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no hayan sido específicamente previstas en las mismas.
DÉCIMA. Recursos.
Contra esta Convocatoria y cuantos actos se deriven de la misma, podrán interponerse, por parte de las personas interesadas, los recursos procedentes en los casos, forma y plazos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
UNDÉCIMA. Cesión de datos
De conformidad con lo recogido en el Reglamento de Actividades de Tratamiento del Ayuntamiento de Langreo, en el caso de la denominada “Subvenciones y Ayudas municipales” los datos contenidos en las solicitudes podrán ser cedidos, en caso de necesidad, a autoridades administrativas, órganos judiciales y/o cuerpos y fuerzas de seguridad.
Todo ello en cumplimiento de la base jurídica del tratamiento de dicha actividad que no es otra que la prevista el artículo 6.1.e) del RGPD, al ser necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
No obstante, la presentación de solicitud de subvención implicará la aceptación de la cesión de los datos contenidos en la misma, así como de los datos relativos a la subvención, en los términos arriba expuestos.
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