XXIII Concurso de Humor Gráfico "Curuxa do humor"

XXIII Concurso de Humor Gráfico "Curuxa do humor" 23
Premios: 2.000 euros
Fecha apertura: 30 nov de -0001, 00:00
Fecha límite: 31 may de 2019, 23:59
Participantes: Desde 16 años. Nacional
Obra: máx. obras: 1

Traducción automática realizada por el Traductor de Google. Recomendamos descargar las bases originales.

Bases

BASES DEL XXIII CONCURSO DE HUMOR GRÁFICO “CURUXA DO HUMOR” 2019

1. CATEGORÍAS Y PARTICIPACIÓN

- En la categoría CURUXA, cualquier persona mayor de 25 años residente en el Estado español.

- En la categoría CURUXA-NOVA, cualquier persona de 16 a 25 años residente en el Estado español. Las personas menores de 25 años podrán participar en la categoría general, CURUXA, extremo que implica la renuncia a la categoría CURUXA-NOVA.

- A los efectos de cómputo de edad, se tomará la edad del/a participante en la fecha en la que se publique la convocatoria en el BOP.

- Los/as participantes podrán presentar un solo dibujo.

2. TEMÁTICA

- Las obras presentadas serán de temática libre. Humor gráfico en sus modalidades de viñeta, tira o cómic (máximo 1 página).

3. CARACTERÍSTICAS DE LOS DIBUJOS A CONCURSO

- Las obras presentadas a concurso deberán ser de creación propia e inédita.

- Se presentarán en formato papel, incluso en el caso de trabajos realizados digitalmente (impresión de alta calidad).

- La dimensión máxima del dibujo será de 29,7x42 cms (A3).

- No se admitirán fotocopias ni grabados.

4. LENGUA

- Los trabajos deberán estar redactados en gallego o en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado (castellano, catalán, euskera) aunque, en este caso, el/a autor/a deberá aportar junto con la documentación requerida en las Bases, la traducción al gallego del texto del dibujo.

- Se admiten trabajos de humor mudo.

5. PLAZO DE PRESENTACIÓN

- Desde la fecha de publicación de las bases en la web municipal hasta las 23:59 h del día 31 de mayo de 2019.

6. DIRECCIÓN DE PRESENTACIÓN Y/O ENVÍO DE LOS ORIGINALES

La presentación de originales a concurso se efectuará en el Registro General del Ayuntamiento de Fene o por cualquier otra forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.

A efectos de envío por correo postal, la dirección será la siguiente:

Registro General del Ayuntamiento de Fene

Praza do alcalde Ramón Souto González s/n,

15500 Fene

A Coruña

7. IDENTIFICACIÓN

- Los trabajos se presentarán/enviarán en paquete o sobre (SOBRE 1), sin remite (incluso en el caso de envíos certificados), y haciendo constar en el exterior “Para el concurso de humor gráfico Curuxa do Humor 2019”, además de la categoría en la que concursa: Curuxa o Curuxa Nova.

- En el interior de este paquete o sobre (SOBRE 1), se incluirá:

a) El dibujo a concurso que no podrá estar firmado (el hecho de venir firmado será motivo de exclusión). Además, llevará en el reverso y a lápiz, el nº de DNI del autor/a y el lema o pseudónimo con el que se presenta al concurso.

b) Un segundo sobre (SOBRE 2), cerrado, y en cuyo exterior conste la categoría en la que concursa (Curuxa o Curuxa Nova), el título de la obra y un lema o pseudónimo del autor/a. En el interior de este sobre (SOBRE 2) se incluirá la ficha de inscripción cubierta (ANEXO 1), una declaración responsable expresa de que la obra es de su autoría, inédita y original (ANEXO 2) y una copia del DNI.

c) En el caso de los concursantes menores de 18 años, también deberán aportar en este sobre (SOBRE 2) una copia del DNI del padre/madre o tutor/a legal, así como su autorización firmada para participar en el concurso (ANEXO 3).

8. EXPOSICIÓN FÍSICA Y/O VIRTUAL DE LOS TRABAJOS

- La presentación de los trabajos a concurso implica la autorización expresa al Museo del Humor del Ayuntamiento de Fene a utilizar estas imágenes a efectos expositivos, en el propio Museo y/o en otras instalaciones del término municipal, así como en la página web municipal.

- La exposición del XXIII Concurso de Humor Gráfico “Curuxa do Humor 2019” se realizará durante el último trimestre del año 2019.

- El Museo del Humor del Ayuntamiento de Fene se reserva la facultad de seleccionar los trabajos que se van a exponer. La exposición de las obras no reportará derechos económicos para los/as autores/as de las ilustraciones.

9. PREMIOS

Categoría CURUXA (mayores de 25 anos)

- 1º Premio, dotado con 2.000 euros y diploma

- 2º Premio, dotado con 1.500 euros y diploma

Categoría CURUXA-NOVA (de 16 a 25 anos)

- 1º Premio, dotado con 1.000 euros y diploma

- 2º Premio, dotado con 500 euros y diploma

Los importes de los premios estarán sujetos a los impuestos y retenciones legales que les sean aplicables.

La financiación de dichos premios se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 334/48000 (presupuesto municipal 2019 del Ayuntamiento de Fene)

Los premiados deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, mediante declaración responsable a la que se refiere el artículo 24.4 del Real Decreto 887/2006, del 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones, al no superar la cuantía el importe de tres mil euros. Además, tendrán que aportar declaración responsable acreditando no estar incursos en ninguna de las causas que determina el artículo 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

También deberán aportar un certificado de titularidad de cuenta bancaria en la que el Ayuntamiento de Fene hará efectivo el pago de cada uno de los premios regulados en estas Bases.

Los/as premiados se comprometen a recoger el premio en la gala que a estes efectos programe el Museo del Humor de Fene en el último trimestre de 2019.

10. COMPOSICIÓN DEL JURADO

- El jurado del premio, nombrado por el Ayuntamiento de Fene, estará presidido por el alcalde de Fene. Formarán parte del jurado el/a concejal de Cultura, la coordinadora del Museo del Humor y tres especialistas en humor gráfico o humoristas gráficos nombrados por la Alcaldía. La composición del Jurado se hará pública en la página web www.fene.gal antes del fallo del Premio. Actuará como secretaria, la secretaria general del Ayuntamiento de Fene o el/a trabajador/a municipal en quien delegue.

- Cada uno de los humoristas gráficos o expertos nombrados por el Ayuntamiento percibirán, en concepto de honorarios por su labor como miembros del jurado, las cantidades que a tal efecto se acuerden. Estos honorarios estarán sujetos a los impuestos y retenciones legales que les sean aplicables.

11. FUNCIONAMIENTO DEL JURADO

- El jurado actuará en pleno, en sesión a ser posible única, siendo necesaria la asistencia de la mayoría simple de sus miembros. A efectos de la validez de su constitución, será aplicable lo dispuesto en la Ley 39/2015.

- El jurado podrá declarar desiertos todos o cualquiera de sus premios de no existir, a su juicio, obras con la suficiente calidad.

- El fallo del jurado tendrá lugar en el plazo de 2 meses tras la fecha límite de presentación de los trabajos y se dará a conocer a través de la página web www.fene.gal y de los diferentes medios de comunicación.

12. DERECHOS Y PROPIEDAD DE LOS DIBUJOS

- Los trabajos premiados quedarán en propiedad del Ayuntamiento de Fene, pasando a formar parte de su colección en el Museo del Humor.

- Los/as autores ceden todos sus derechos al Ayuntamiento de Fene para la publicación, exposición y divulgación por cualquier medio de los trabajos premiados, citando siempre su autoría, premio alcanzado y año en el que obtuvo este galardón.

- Para los trabajos no premiados, el Museo del Humor se compromete a devolverlos siempre que en el envío así se solicite expresamente. Se excluyen de esta posibilidad aquellos trabajos que no se ajusten a estas Bases.

- La devolución de originales se efectuará a partir del mes de enero de 2020.

- Aquellos trabajos presentados al concurso y para los que no se solicite la devolución pasarán a formar parte de la colección del Museo del Humor del Ayuntamiento de Fene.

13. ACEPTACIÓN DAS BASES

La presentación de las obras supone la aceptación de estas bases por parte de los/as autores/as.

14. NORMATIVA APLICABLE

- En todo lo no previsto en estas bases se aplicará lo dispuesto en la Ley 38/2003 del 17 de noviembre, en el RD 887/2006, por el que se aprueba el reglamento general de subvenciones y por el resto de legislación que resulte aplicable.

- La presente convocatoria se efectúa conforme a la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Fene, aprobada por el Pleno en sesión del 30 de marzo de 2007 y publicada en el BOP nº 135 del 15 de junio.

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