PREMIOS CIUTAT DE PALMA JOAN ALCOVER DE POESÍA 2020

PREMIOS CIUTAT DE PALMA JOAN ALCOVER DE POESÍA 2020
Premios: 12.000 euros
Fecha apertura: 12 ene de 2023, 17:03
Fecha límite: 16 oct de 2023, 23:59
Participantes: Internacional
Obra: mín. versos: 300; máx. versos: 800;

Traducción automática realizada por el Traductor de Google. Recomendamos descargar las bases originales.

Bases

BASES DE LA CONVOCATORIA DE LOS PREMIS CIUTAT DE PALMA JOAN ALCOVER DE POESÍA 2020

 

Bases adaptadas a poesía. Para ver las originales puedes descargarlas a la derecha*. 

El Ayuntamiento de Palma convoca los Premis Ciutat de Palma de Poesía, que tienen como finalidad apoyar la creación literaria en lengua catalana y reconocer la tarea de los escritores.

 

1. Premios

El premio tiene una dotación de 12.000 € y es único e indivisible

Durante el mes siguiente de la concesión del Premio el Ayuntamiento de Palma acordará con los premiados la publicación de la obra. Así mismo, para facilitar la edición y la distribución se podrá ceder el derecho de publicación a una editorial, que editará el libro de acuerdo con la legalidad vigente y firmará un contrato de edición con el autor. En este caso, en la edición de la obra se tendrá que mencionar que ha sido ganadora del Premi Ciutat de Palma y el año. En ningún caso la dotación económica del Premio se entenderá en concepto de adelanto de derechos de autor.

 

2. Participación

Los Premios están abiertos a cualquier persona mayor de edad que quiera participar.

Las obras que concursen deben ser originales e inéditas, de temática libre y escritas en catalán. La presentación de una obra implica que el autor no tiene comprometidos los derechos de edición, que no ha sido presentada a ningún otro concurso pendiente de adjudicación y que no ha sido galardonada con anterioridad.

 

3. Documentación, presentación y características de las obras

Las obras han de enviarse en formato PDF (inferior a 5 MB) a través de la plataforma web www.mundoarti.com, rellenando con los datos personales el formulario correspondiente. Deben cumplir los siguientes requisitos:

Las obras tienen que tener un mínimo de 300 versos y un máximo de 800.

Una vez presentada la obra al Premio el autor no la podrá retirar para hacer correcciones, ampliarla o renunciar al Premio.

La plataforma web protegerá la autoría de las obras y garantizará el anonimato y la transparencia del proceso de deliberación.

El plazo de admisión de las obras empezará el día siguiente en que se publiquen las Bases y finalizará el 16 de octubre de 2020, a las 23.59 h.

 

4. Jurado

El jurado, uno para cada modalidad, estará formado por un máximo de cinco personas de reconocido prestigio vinculadas al mundo de la literatura, nombradas a propuesta del Consejo Municipal de la Cultura, y una persona de la Concejalía de Cultura, con voz y sin voto, para que  actúe de secretario/a. Su composición se hará pública antes de que acabe el plazo de presentación de las obras y tendrá una presencia equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con las medidas paritarias recogidas en la Ley Orgánica  3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB n.º 99, de 4 de agosto).

El funcionamiento del jurado se ajustará a lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En función del número de obras presentadas podrá hacerse una preselección.

El jurado actuará con libertad y discrecionalidad. Valorará la calidad literaria de las obras, como el rigor del texto, la solidez de la construcción, su carácter innovador, la coherencia entre las intenciones implícitas que revela el texto y los resultados que logra u otros criterios que determine. Tendrá que  resolver motivadamente la concesión de los Premios o su consideración de declararlos desiertos. Su veredicto será inapelable.

 

5. Entrega de los Premios

Los Premios se entregarán el 20 de enero de 2021, durante las Fiestas de San Sebastián. Si la persona ganadora no puede asistir podrá delegar su recogida.

 

6. Normativa fiscal

Los Premios están sujetos a la normativa fiscal vigente. Antes de la propuesta definitiva de adjudicación las personas galardonadas deberán presentar:

  1. Certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que están al corriente en cuanto a sus obligaciones con la Seguridad Social.
  2. Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite que están al corriente en cuanto a sus obligaciones tributarias.
  3. Declaración responsable de estar al corriente en cuanto a las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Palma (anexo II).
  4. Declaración responsable de no estar afectadas por ninguna de las prohibiciones establecidas en el art. 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, ni son culpables en procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Palma y con el resto de entes otorgantes (anexo II).
  5. Si no tienen residencia fiscal en España, certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país de que se trate, que acredite la residencia fiscal.
  6. Certificado bancario de los datos de la cuenta corriente de la entidad donde se solicita que se ingrese la subvención (anexo III).

 

7. Instrucción y resolución

La instrucción del procedimiento corresponde al Departamento de Cultura de la Concejalía de Cultura y Bienestar Social. A la vista de la decisión del jurado el instructor formulará la propuesta de resolución, que elevará a la Junta de Gobierno de Palma. Se prescindirá del trámite de audiencia, de acuerdo con el art. 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no puede exceder de los seis meses a partir del plazo máximo de presentación de las obras. La resolución se notificará a las personas premiadas, de acuerdo con el art. 45 de la dicha Ley 39/2015.

 

8. Régimen jurídico

Para todo lo no previsto en estas Bases son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; la Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma; el Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local; el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares; la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma; las Bases de ejecución del Presupuesto municipal, y el resto de normativa que esté de aplicación.

Esta convocatoria se rige por los principios de publicidad y concurrencia competitiva.

 

9. Consignación presupuestaria

Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de los Premios de esta convocatoria se reserva la cantidad total de 38.000 €, con cargo a la partida 03.33420.48100 Premis Ciutat Palma.- Premis, del Presupuesto de gastos de 2021.

 

10. Aceptación e interpretación de las Bases

Participar en los Premis Ciutat de Palma de Novela y Poesía supone aceptar estas Bases.

De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos facilitados por los participantes se incorporan en los ficheros propiedad del Ayuntamiento de Palma. El órgano administrativo ante el cual se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros que reconozca dicha Ley es la Concejalía de Cultura y Bienestar Social.

Incumplir las obligaciones que imponen las Bases podrá ser motivo de revocación de los beneficios de la convocatoria.

El jurado del Premio tiene la facultad de interpretar las Bases y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su finalidad.

Cualquier caso no previsto en estas Bases y en el desarrollo de esta convocatoria será resuelto por la organización de estos Premios.

Para consultas sobre las Bases pueden dirigirse al Negociado de Cultura (Tel. 971225900, ext. 1330, a/e: negcultura@palma.cat) Para consultas técnicas sobre el funcionamiento de la plataforma pueden contactar con contacto@mundoarti.com, Tel. 960707763.

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