XII EDICIÓN DEL PREMIO BIENAL INTERNACIONAL DE FOTOGRAFÍA CONTEMPORÁNEA PILAR CITOLER

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Bases
XII EDICIÓN DEL PREMIO BIENAL INTERNACIONAL DE FOTOGRAFÍA CONTEMPORÁNEA PILAR CITOLER
PRIMERA. Objeto y naturaleza
1. El Premio Bienal Internacional de Fotografía Contemporánea Pilar Citoler (en adelante PBIFCPC) 2023, es un certamen destinado a premiar la trayectoria profesional de cualquier artista visual en activo con independencia de su nacionalidad. Este Premio responde a un procedimiento de concurrencia competitiva, conforme al artículo 17.3.d de la Ley General de Subvenciones.
2. Mediante la presente resolución se convoca el PBIFCPC 2023
SEGUNDA. Normativa aplicable
El PBIFCPC 2023 se regirá por el Reglamento 43/2020 de Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las Bases Reguladoras del Premio Bienal Internacional de Fotografía Contemporánea Pilar Citoler de la Universidad de Córdoba y por la modificación del citado reglamento aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de junio de 2023, así como por la normativa universitaria, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por el resto del ordenamiento jurídico-administrativo que resulte de aplicación.
TERCERA. Requisitos de las personas participantes
Podrá participar en el PBIFCPC cualquier artista visual en activo con independencia de su nacionalidad, teniendo en cuenta que el premio será otorgado considerando de modo especial la trayectoria artística, proyección internacional e inserción en el discurso de la fotografía contemporánea del ganador/a.
No podrá otorgarse el premio a quien lo haya recibido con anterioridad.
CUARTA. Características de los trabajos.
1. Los/as artistas participantes presentarán al proceso de selección una sola obra en archivo fotográfico de alta resolución, admitiéndose la presentación de dípticos, polípticos u otros formatos, siempre y cuando se respete la medida máxima aceptada, que será de 200 cm x 200 cm por cada lado de la obra producida. Se permite de modo expreso la presentación de equipos artísticos compuestos por más de un artista, o la presentación mediante seudónimos o heterónimos (que quedarán clasificados en la ficha de inscripción). La obra se podrá presentar con entera libertad respecto al tema, la técnica o el modo de exhibición.
2. Los trabajos presentados no podrán estar pendientes de resolución en otro certamen ni haber sido premiados en otros concursos (incluidos accésit).
QUINTA. Lugar y forma de presentación de los trabajos y documentación acreditativa
1. Los/as artistas participantes deberán presentar su solicitud en soporte físico (pendrive o similar) a través del registro de la Universidad de Córdoba, o cualquiera de las opciones previstas en el artículo 14.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En dicho artículo se recogen procedimientos para presentarse desde otras localizaciones.
El sobre contendrá la siguiente documentación:
a) Boletín de inscripción debidamente cumplimentado. Este impreso figurará en la web www.uco.es/cultura/premiopilarcitoler en la pestaña «inscripción», debiendo descargarse para su cumplimentación.
b) Fotocopia o escaneado del DNI o pasaporte en formato PDF
c) Ficha técnica de la obra en la que se incluya nombre del autor, título de la obra, medidas, fecha, técnica y valoración económica de la misma. En los casos de presentación mediante seudónimo o heterónimo o nombre grupal, debe hacerse constar en esta ficha el/los nombres reales.
d) Dosier de libre configuración donde se recoja currículo, trayectoria del participante, selección de obras, textos y todo aquello que el autor estime útil para ponderar tanto el trabajo presentado como su candidatura, tal como señala la Cláusula Primera (todo ello en formato PDF).
e) Pendrive o dispositivo de almacenamiento que contenga el archivo con la imagen de la obra presentada a concurso con las características especificadas en la convocatoria. El/la artista debe tener en cuenta en relación con la obra presentada que deberá producir físicamente dicha obra más adelante, pero sólo en caso de resultar finalista, de acuerdo con la cláusula octava, punto 9 de esta convocatoria.
2. Asimismo, deberá también presentarse:
a) Declaración expresa del/de la candidato/a, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, en la que queda informado de que sus datos serán incluidos en un fichero de datos de carácter personal titularidad de la Universidad de Córdoba, que garantiza la seguridad y confidencialidad de los datos y cuya finalidad es la gestión de convocatorias de ayudas, premios y subvenciones gestionados por la Universidad de Córdoba y la gestión económica derivada de estas, estando previsto cederlos a organismos públicos con competencia en la materia.
b) Reconocimiento expreso del/de la candidato/a que queda informado/a de que puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición.
c) Autorización expresa del/de la candidato/a que la Universidad de Córdoba pueda utilizar, publicar o divulgar su nombre y su imagen en las comunicaciones que realice de carácter informativo o divulgativo, tanto en medios de comunicación escritos en soporte físico como en Internet.
3. Si la solicitud de concurrencia al Premio no reuniera alguno de los requisitos establecidos en esta convocatoria, o cualquiera de los previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se otorgará un plazo de 10 días a las personas solicitantes para que subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos. Si no lo hicieren se tendrá por desistida la solicitud.
4. Tras la subsanación de las solicitudes incompletas, en su caso, se procederá a publicar en las webs anteriormente mencionadas el listado de los participantes admitidos al procedimiento.
SEXTA. Plazo de presentación al PBIFCPC
El plazo de presentación de toda la documentación y el trabajo según la cláusula quinta de la presente convocatoria se abrirá desde el día de la publicación de esta convocatoria hasta el lunes 9 de octubre de 2023.
SÉPTIMA. Órganos competentes y actuaciones para la instrucción y resolución del premio.
- La resolución final del premio corresponde al Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba. La instrucción y valoración de los candidatos será realizada por el jurado especialista que en esta edición estará compuesto por:
Presidenta: Dª Pilar Citoler Carilla. Coleccionista y mecenas.
Vocales: Dña. Paula Anta Gutiérrez, ganadora de la XI edición del PBIFCPC.
D. Alejandro Castellote Piñuela, crítico de arte y comisario independiente
Dña. Isabel Muñoz Vilallonga, Fotógrafa, premio nacional de fotografía.
D. Ángel Marcos Domínguez, Fotógrafo, autor de la imagen de la XII edición del PBIFCPC
D. José Francisco Gálvez Romero, Presidente de la Asociación Fotográfica Cordobesa (AFOCO)
Secretaria: Dña. Cristina E. Coca Villar que actuará como secretaria con voz y sin voto, técnica de la Dirección de Cultura de la Universidad de Córdoba y responsable de la ejecución del proyecto PBIFCPC.
- El jurado realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba dictarse la resolución de concesión.
- El órgano instructor, una vez realizadas las comprobaciones pertinentes y una vez subsanadas las deficiencias en las solicitudes, enviará telemáticamente al jurado todas las obras admitidas al concurso y los dosieres de los artistas participantes que cumplan los requisitos establecidos para proceder a su evaluación.
- Transcurrido el plazo de tiempo acordado para la evaluación de las obras presentadas a concurso, cada miembro del jurado con voz y voto enviará a la secretaría del Jurado una relación de 25 obras que propone como finalistas. Por cada mención le será concedido un punto al candidato.
- Recibidas las relaciones será elaborada una lista priorizada de los veinticinco candidatos que han obtenido mayor puntuación según el procedimiento descrito en el punto anterior. En el caso de que en el procedimiento de valoración se produjese algún empate, éste será dirimido por el voto de calidad de la presidencia.
- La relación de finalistas se publicará en la página web oficial de la Universidad de Córdoba. Contra la relación de finalistas, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.
- Se realizará una muestra con las obras presentadas por los 15 candidatos con mayor orden de prelación en la lista definitiva de finalistas. El órgano instructor, a través de la secretaría del jurado, se comunicará con cada uno de ellos para que en el plazo de 15 días a contar desde la publicación de la relación definitiva de finalistas, remitan la obra presentada a concurso producida y lista para su exposición en la muestra. De no enviarse la obra en estos términos y dentro del referido plazo, el participante quedará excluido del certamen.
8. Los gastos de envío, así como los seguros de transporte del envío de la obra, correrán a cargo del participante. La devolución de la obra será por cuenta de la organización, siempre a la dirección indicada en el boletín de inscripción.
9. El plazo de resolución del Premio no será nunca superior a los seis meses desde su convocatoria (a efectos de este Premio el mes de agosto es inhábil). La propuesta de resolución que determine el Jurado será elevada al Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba, tras ser informada la Comisión de Cultura y Proyección Social de la Universidad de Córdoba.
10. El Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba será el órgano competente para revocar los premios concedidos en caso de detectar alguna irregularidad.
11. La resolución del Premio se hará pública a través, al menos, de la página web del área de Cultura de la Universidad de Córdoba. Además, la concesión del Premio se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba.
OCTAVA. Contenido del Premio
1. El/la ganador/a del PBIFCPC 2023 obtendrá una dotación económica de 15.000 € brutos. A dicha dotación se le aplicarán las retenciones fiscales correspondientes. Esta dotación económica se imputará a la unidad orgánica GA.EC.PF.23.03 de la Universidad de Córdoba. La obra premiada pasará a formar parte de la colección de arte contemporáneo de la Universidad de Córdoba.
2. La organización reconocerá la trayectoria artística del/la ganador/a del PBIFCPC 2023 con una exposición individual. Las características técnicas de la exposición serán fijadas por la Universidad de Córdoba y la institución responsable del espacio en que se desarrolle, en su caso. La totalidad de la producción y enmarcado de obras de dicha exposición correrán, en todo caso, por cuenta del artista premiado.
3. La organización, igualmente, producirá una monografía sobre el/la autor/a ganador/a que formará parte de la Colección «El ojo que ves». La edición y publicación de esta monografía tendrá lugar en el año siguiente a la concesión del premio, y analizará la trayectoria y obra del/la artista premiado/a. Las características técnicas de dicha edición serán las fijadas para la Colección «El ojo que ves», destinada a la investigación y divulgación de la fotografía contemporánea. El/la artista premiado/a facilitará las imágenes en formato digital que formarán parte del volumen, así como cualquier otro material necesario para su adecuada consecución. También podrá sugerir una o dos personas especialistas en fotografía o arte contemporáneo para que elaboren un texto en dicha monografía junto al texto del/de la comisario/a encargado/a de la exposición individual.
4. La organización editará un catálogo de la exposición de las obras finalistas de la presente edición.
DÉCIMA. Derechos de propiedad intelectual y de explotación
Los/as artistas son legalmente responsables de garantizar que cumplen con los requisitos del PBIFCPC en cuanto a propiedad intelectual de las obras que presenten. Las inscripciones que no satisfagan estos criterios no podrán ser seleccionadas y serán descalificados/as. Al aceptar participar en el PBIFCPC, los artistas:
a) Garantizan que son los propietarios del trabajo que presentan, que les está conferida en su totalidad la propiedad intelectual y que si el trabajo que presentan ha sido encargado con fines privados y domésticos se presentará con la autorización de la persona que lo encargó.
b) Garantizan que no han renunciado a ningún derecho moral de las fotografías.
c) Garantizan que han obtenido la correspondiente autorización de las personas que figuran en las fotografías presentadas respecto a que las fotografías pueden participar en la correspondiente edición del PBIFCPC. Los autores deben, si así se les pide, presentar una autorización firmada de las personas que figuran en las fotografías por ellos presentadas.
d) Aceptan que la Universidad de Córdoba pueda reproducir y/o licenciar la imagen de cualquiera de los trabajos finalistas de la correspondiente edición del PBIFCPC, sin que ello conlleve ningún pago al autor o al modelo por utilización con fines culturales y educativos, así como los relativos a la difusión del PBIFCPC, en cualquier medio de difusión de ámbito mundial, incluidos catálogos e internet.
e) La propiedad intelectual que se use una imagen, será atribuida adecuadamente la autoría de ésta.
UNDÉCIMA. Protección de datos personales.
En materia de protección de datos personales, a efectos del tratamiento de datos de carácter personal contenidos en las solicitudes presentadas, se estará a lo dispuesto en el Reglamento de la Unión Europea 679/2016, de 27 de abril, general de protección de datos de carácter personal y la legislación nacional aplicable en la materia.
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