II CONCURSO INTERNACIONAL DE ESCULTURA JOSÉ SANMARTÍN 2023

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Bases
II CONCURSO INTERNACIONAL DE ESCULTURA JOSÉ SANMARTÍN
Por Decreto de Alcaldía de fecha 5 de julio de 2023, se aprobaron las bases de la convocatoria de la concesión del premio de II CONCURSO INTERNACIONAL DE ESCULTURA “JOSÉ SANMARTÍN”.
TEMA Y TÉCNICA: EL tema de esta edición es “LA MÚSICA”. Se admitirán exclusivamente las técnicas y procedimientos escultóricos en madera ya sea tronco o tabla, barro cocido y piedra deberá estar relacionado con el tema propuesto.
2.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar todas las personas interesadas sin distinción de edad, nacionalidad o residencia. La participación de menores de edad de acuerdo a la legislación vigente exigirá hacerla a través de un usuario creado por quien ejerza la autoridad familiar, patria potestad o tutela del mismo, quién indicará el nombre del autor de la obra al introducirla en la plataforma.
En todo caso, los participantes deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como cumplir con lo exigido en el artículo 40.3 de la Ley de Subvenciones de Aragón en materia de legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas.
3.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS OBRAS
CANTIDAD: Cada participante podrá presentar un máximo de dos obras.
FORMATO: Las dimensiones de las esculturas no podrá superar los 2 metros en cualquiera de sus lados. Deberán presentarse en el formato indicado en la norma 4.2., primer párrafo.
4.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El procedimiento de concesión del premio se iniciará con la presentación de propuestas por parte de los participantes.
4.2. LUGAR DE PRESENTACIÓN Y PLAZO DE ADMISIÓN
La propuesta de participación se presentará a través de la página web www.mundoarti.com
La obra deberá ser subida en formato JPG utilizando 3 fotografías sobre fondo neutro, bien recortadas, sin fondo y, donde se observen distintas perspectivas de la obra. Preferiblemente de frente, perfil y algún detalle de la textura. Al menos una de ellas deberá mostrar la obra en su totalidad.
El plazo de presentación irá desde la publicación de la convocatoria hasta el 26 de julio de 2023 a las 23,59 horas (España peninsular).
IDENTIFICACIÓN: Los trabajos deberán presentarse sin firmar, en caso contrario, la obra será descartada, además las obras no deberán haber sido premiadas en ningún otro concurso.
En el formulario en línea se completarán los datos de la obra (el título de la obra, la técnica, las medidas y la valoración) y seguidamente los datos del autor o autora (nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono de contacto, etc.). La plataforma web protegerá la autoría de las obras y garantizará el anonimato y la transparencia del proceso de deliberación.
4.3. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LAS OBRAS
4.3.1. Aprobada la presente convocatoria, se publicará el primer extracto de esta Convocatoria en el BOPZ y portal de Transparencia, y el texto íntegro de la propia convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
4.3.2. Las personas que deseen participar deberán presentar sus propuestas artísticas online de la manera establecida anteriormente, con objeto de realizar una preselección de las obras que pasarán a la siguiente fase.
4.3.3. Las obras preseleccionadas pasarán a una segunda fase en la que el jurado a que se refiere la norma 5ª realizará la selección, y en su caso, el premio del concurso.
El jurado seleccionará las obras que formarán parte de la exposición que tendrá lugar en el espacio y periodo que, oportunamente, se indicará. Las obras originales seleccionadas se entregarán, debidamente embaladas, al servicio de cultura del Ayuntamiento de Borja en Plaza de España nº1, 50540 Borja (Zaragoza). No se admitirán obras protegidas con embalajes deficientes o materiales que no se ajusten a las normas de las presentes bases.
Las obras irán sin firmar y con una etiqueta con el título situada en lugar visible. De entre las obras que formarán parte de la exposición, el jurado escogerá en sesión presencial, la ganadora del I Premio del Concurso de Escultura “José Sanmartín”.
Corresponde al artista depositar la obra convenientemente embalada y protegida. El Ayuntamiento no será responsable de los embalajes defectuosos o insuficientes.
4.3.4. Una vez propuesto el premio por el Jurado al órgano municipal que deba resolver, el beneficiario deberá presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones a que se refiere la Norma 2ª de esta Convocatoria, previo requerimiento escrito de la Concejalía de Cultura de este Ayuntamiento, según relación del Anexo II.
Deberá ser acompañada por declaración responsable, según modelo de ANEXO I, relativa a la no concurrencia de prohibiciones de contratar del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como de que se cumple con lo exigido en el artículo 40.3 de la Ley de Subvenciones de Aragón en materia de legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas.
La propuesta deberá formularse por el Jurado con antelación mínima de 10 días hábiles al objeto de que el propuesto al premio aporte la documentación a que se refiere este apartado.
4.3.5. Cumplidos los requisitos, la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento concederá el premio. Su concesión podrá condicionarse, si así se acuerda, a la participación del acto público y solemne de entrega del premio que se organice por los servicios municipales.
5.1. El Jurado, estará constituido por el Sr. Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de Borja o Teniente de Alcalde o Concejal en quien delegue, el Concejal de Cultura, y por personalidades de reconocida relevancia en el campo de las artes plásticas y su decisión será inapelable. El jurado quedará facultado para resolver las cuestiones artísticas no previstas en estas bases, cuya modificación nunca podrá ser causa de impugnación.
5.2. El funcionamiento del Jurado se ajustará a lo previsto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.3. De las propuestas del Jurado se levantará acta en la que se justificará la selección efectuada, según los criterios de discrecionalidad técnica empleados, y se elevará dicha acta al órgano municipal decisorio para la resolución definitiva del procedimiento.
5.4. El jurado podrá proponer declarar desierto el concurso si considera que ninguna obra presentada ofrece la calidad suficiente para ser galardonada.
La obra premiada quedará en propiedad exclusiva del Ayuntamiento de Borja, entendiendo que el autor renuncia a cualquier derecho sobre la misma a favor de éste, que podrá disponer de dicha obra.
El órgano municipal competente concederá a propuesta del Jurado, en su caso un primer premio de 4.000 € y un segundo premio de 1.500 €. Sobre el importe de los premios se efectuarán las retenciones fiscales vigentes que procedan.
Se podrán hacer MENCIONES DE HONOR entre las obras que hayan resultado premiadas, y que no tendrán dotación económica.
Las obras no premiadas y no seleccionadas serán retiradas por los autores en el plazo de treinta días. Transcurrido dicho plazo, si no fuesen retiradas, se entenderá que renuncian a los mismos, quedando en propiedad del Ayuntamiento de Borja.
DEVOLUCIÓN: No podrá retirarse ninguna obra seleccionada hasta el día siguiente a la clausura de la exposición, sin previa autorización de la organización. Se podrán recoger las obras en las dependencias del Ayuntamiento o ser remitidas por éste a través de agencias de transporte que deberán incluir dentro del embalaje el boletín de la obra cumplimentado con una foto en la caja para poderla identificar en el reenvío.
Previamente habrán debido ser recibidas un embalaje reutilizable, ya que serán reexpedidas del mismo modo, siendo por cuenta del autor los gastos que se originen y la gestión del envío y reenvío.
La no comunicación del artista con el Ayuntamiento al respecto de la devolución en un plazo de tres meses dará lugar a la renuncia por aquel a la propiedad real e intelectual de la obra, así como a sus derechos de reproducción – independientemente de lo manifestado en el formulario en línea- en favor del Ayuntamiento de Borja.
La obra premiada quedará en propiedad del Muy Ilustre Ayuntamiento de Borja.
La participación en el concurso supone que los concursantes aceptan plenamente las normas de esta convocatoria.
9.1.- La interpretación de estas Normas o cualquier aspecto no previsto en ellas, es competencia exclusiva del Ayuntamiento de Borja. La presentación de los trabajos supone la total aceptación de estas Bases.
9.2.- En lo no previsto en las mismas, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común y Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, y resto de la normativa administrativa aplicable.
En Borja, a fecha de la firma electrónica.
EL ALCALDE, Eduardo Arilla Pablo.
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