I PREMIO INTERNACIONAL DE PINTURA "CIUDAD DE CÓRDOBA"

I PREMIO INTERNACIONAL DE PINTURA "CIUDAD DE CÓRDOBA"
Premios: 30.000 euros
Fecha apertura: 10 jul de 2026, 01:21
Fecha límite: 02 sept de 2026, 09:00 (Faltan 12 días, 10 horas, 31 minutos)
Participantes: Desde 18 años. Internacional
Obra:

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Bases

I PREMIO INTERNACIONAL DE PINTURA "CIUDAD DE CÓRDOBA"

 

BASES

 

PRIMERA.-. CONVOCATORIA

 

El Ayuntamiento de Córdoba, a través de su Delegación de Cultura y Patrimonio Histórico, con los objetivos de fomentar y difundir la creación artística contemporánea, afianzar a la ciudad de Córdoba como referente de la cultura del presente y apoyar la trayectoria de los artistas participantes, convoca la primera edición del Premio Internacional de Pintura Ciudad de Córdoba.

 

SEGUNDA.- DOTACIÓN DEL PREMIO

 

El Premio esta dotado con 30.000.- euros que se otorgarán a la obra ganadora.

 

El importe del premio se imputará a la aplicación presupuestara Z C41 3340 48105.

 

El premio será indivisible, podrá declararse desierto y no podrá concederse a título póstumo. No se concederán accésits, ni menciones especiales.

 

La percepción económica del premio estará sometida a la normativa fiscal de aplicación, debiendo el ganador presentar certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con el Ayuntamiento de Córdoba y con la Seguridad Social.

 

TERCERA.- REQUISITOS PARA PARTICIPAR.

 

Podrán concurrir a este concurso las personas mayores de 18 años, sean nacionales o extranjeras, que presenten obras originales, terminadas y preparadas para mostrarse físicamente a la fecha de publicación de la convocatoria, de las que sean autores y propietarios, realizadas con posterioridad al año 2020 y no premiadas en otros concursos.

 

Cada concursante podrá concurrir con un máximo de dos obras que podrán ser independientes o formar parte de una misma serie.

 

La participación en este concurso supone que el autor acepta que:

 

- La obra premiada pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Córdoba desde la fecha en la que se haga público el fallo del jurado. El autor, como contraprestación por el premio asignado, transfiere al Ayuntamiento de Córdoba la propiedad de la misma y los derechos de propiedad intelectual que deriven de ésta, que se ceden con carácter universal y durante el período máximo establecido por la Ley de Propiedad Intelectual. El Ayuntamiento de Córdoba se reserva, asimismo, los derechos de reproducción gráfica de la obra premiada, que se ceden con carácter universal.

 

- La entrega del Premio Internacional de Pintura Ciudad de Córdoba y la presentación de la obra ganadora tendrá lugar en acto público al que el autor premiado asistirá obligatoriamente, salvo que por fuerza mayor acreditada no pudiera asistir, en cuyo caso podrá delegar en otra persona designada a tal fin.

 

- Eximir de responsabilidad al Ayuntamiento de Córdoba de toda responsabilidad, por cualquier litigio o controversia, que pudiera surgir en torno a los derechos de propiedad intelectual de terceros.

 

CUARTA.- CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS

 

Las obras presentadas serán de temática y técnica libre.

 

Las obras presentadas deben corresponderse, claramente, con el lenguaje pictórico y, por tanto, basadas en un formato, predominantemente, bidimensional.

 

Los materiales empleados podrán ser, tanto los tradicionales: óleo, temple, tinta o lápiz, etcétera, como los nuevos: acrílico, resinas sintéticas, collage, textil, etcétera.

 

Las medidas de la obra serán, como mínimo de 80 cm, y, como máximo, de 300 cm, en cualquiera de sus lados. El peso total de la obra y su marco, si lo tuviera, no puede sobrepasar los 50 kg.

 

La obra podrá presentarse sin marco o enmarcada con un listón o junquillo que no supere los 3 cm de anchura.

 

Los trabajos realizados sobre papel deberán estar protegidos por material plástico transparente e irrompible.

 

No se admitirán las obras protegidas por cristal.

 

QUINTA.- EXCLUSIONES

 

El Ayuntamiento de Córdoba se reserva el derecho a no admitir las candidaturas que, según su criterio:

 

- no cumplan con las condiciones técnicas, artísticas y/o legales exigidas en la convocatoria.

 

- contengan referencias o alusiones explícitas que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, al respeto a la dignidad de la persona, al principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social.

 

- las que no respeten los derechos de autor o la propiedad intelectual de terceros.

 

- las obras que hubieran sido premiadas en otros concursos.

 

- las presentadas a otros concursos simultáneamente con este.

 

- las generadas por inteligencia artificial y las realizadas en su totalidad con técnicas digitales.

 

SEXTA.-PLAZO DE PRESENTACIÓN

 

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

 

SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE OBRAS

 

A) Solicitud de participación

 

Las solicitudes se presentarán por medios electrónicos a través del Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Córdoba al que se accede desde la dirección electrónica https://sede.cordoba.es/cordoba o mediante su presentación en otros registros electrónicos, dado que los destinatarios del premio tienen la condición de obligados a la relación electrónica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

En caso de que lo presente presencialmente será requerido para que proceda a la subsanación a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación, por lo que si se realiza fuera del plazo de la convocatoria será inadmitida.

 

Las solicitudes se presentarán utilizando el trámite instancia general:

 

• Unidad destinataria: LA0003727 – Gestión Cultural

• Asunto: I PREMIO INTERNACIONAL DE PINTURA CIUDAD DE CÓRDOBA 2026.

 

Junto a la solicitud se debe adjuntar en un único archivo el dossier de candidatura.

 

Este dossier, en forma de documento/archivo único de no más de 20 páginas tamaño din A4, debe incluir los siguientes contenidos:

 

a) Formulario de solicitud (Modelo I):

- Nombre y apellidos del autor.

- Pseudónimo o nombre artístico, si lo tuviera.

- Título.

- Técnicas.

- Materiales empleados.

- Medidas.

- Fecha de realización.

- Imagen en miniatura de la/s obra/s presentada/s.

- Datos de contacto del autor.

 

b) Declaración responsable del autor garantizando: originalidad y autoría de la obra; no haber sido premiada con anterioridad por otras administraciones públicas, entes públicos o privados, nacionales o internacionales; no haberse presentado a otro concurso simultáneamente con este, autorización para la reproducción gráfica de la obra en caso de resultar finalista y, si fuera necesario, para su exposición.

 

c) Declaración responsable aceptando, en caso de resultar premiado, transferir al Ayuntamiento de Córdoba la propiedad de la obra y los derechos de propiedad intelectual que deriven de ésta, cediendo dichos derechos con carácter universal y durante el período máximo establecido en la Ley de Propiedad Intelectual.

 

d) Documento de identificación: (DNI/NIE/Pasaporte).

 

e) Fotografías de la/s obra/s (un máximo de 3 fotografías por obra) presentada/s al Premio de pintura Ciudad de Córdoba.

 

d) Resumen de la trayectoria artística del autor: no más de 3.000 caracteres.

 

Este archivo no excederá los 10 MB de capacidad. No se admitirán enlaces a archivos temporales de descarga ni a la nube.

 

Solo se admitirá una solicitud por autor. En caso de que presente mas de uno, se aceptará, exclusivamente, el presentado en primer lugar.

 

Dado que a una instancia general pueden acompañarse como máximo 4 anexos con un tamaño de archivo de 7 megas, en el caso de tener que incorporar más anexos, se deberán formular varias instancias generales relacionando en las sucesivas el número registro de entrada de la primera a la que complementan.

 

La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido o la no presentación por vía telemática, serán causas de inadmisión automática.

 

Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica.

 

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición de la documentación original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

 

 

B) Presentación física de las obras

 

Las obras preseleccionadas, en el plazo que determine el jurado, que no podrá ser inferior a 15 días hábiles, deberán ser enviadas físicamente a la dirección:

 

Ayuntamiento de Córdoba

Delegación de Cultura y Patrimonio Histórico

Plaza de Orive, 2

14071, Córdoba

 

Si no se entregara la obra en el plazo establecido se considerará que el participante desiste de su solicitud.

 

El envío de las obras y su devolución correrán por cuenta del concursante.

 

La entrega podrá realizarse personalmente o por agencia de transporte.

 

En el caso que se envíen mediante agencia de transporte, lo serán por cuenta y riesgo de sus autores a portes pagados y, en este caso, deberán llegar con embalaje reutilizable y suficientemente sólido para que su posterior devolución asegure su integridad.

 

Las obras deberán enviarse aseguradas en la modalidad de clavo a clavo. De no considerar el participante la necesidad de asegurarla, deberá indicarlo por escrito eximiendo de responsabilidad al Ayuntamiento de Córdoba ante cualquier eventualidad que pudiera suceder.

 

A las obras recibidas físicamente, una vez efectuado el oportuno examen, se les extenderá un justificante de entrega y un resguardo para la posterior retirada de las mismas.

 

Las obras deberán encontrarse en perfecto estado de conservación en el momento de la entrega, sin cáncamos y sin que sea necesario ningún tipo de intervención o manipulación.

 

No se recepcionará la obra si se apreciara que no coincide con la seleccionada. Asimismo, podrá no recepcionarse si se aprecian daños en la misma.

 

El Ayuntamiento de Córdoba velará por el cuidado de las obras recibidas, pero declina toda responsabilidad por pérdidas, daños o robos, así como, por cualquier incidente que se pudiera producirse durante su transporte, recepción, custodia, exhibición o devolución.

 

Las reparaciones que pudieran ser necesarias en una obra serán siempre a cargo del autor, que renuncia a cualquier tipo de reclamación.

 

OCTAVA.- COMPOSICIÓN Y COMPETENCIAS DEL JURADO

 

El jurado estará compuesto por:

 

Presidencia: José María Bellido. Alcalde de Córdoba

 

Vocales:

- Isabel Albás Vives. Delegada de Cultura y Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Córdoba.

- Juan Miguel Moreno Calderón. Coordinador General de Cultura del Ayuntamiento de Córdoba.

- Dos artistas plásticos.

- Dos expertos en historia del arte.

 

Secretaría. Actuará como secretario un funcionario municipal, con voz pero sin voto.

 

La composición del jurado se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Córdoba.

 

El Jurado adecuará su actuación al régimen de órganos colegiados establecido en la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, tendrá facultades para resolver cuantas dudas surjan en la interpretación de la presente Convocatoria, pudiendo requerir a los solicitantes, en cualquier momento de la fase de valoración, cuantos datos y acreditaciones juzgue precisos para valorar y completar la documentación aportada.

 

NOVENA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN

 

El Jurado actuará con pleno respeto a los criterios de igualdad, no discriminación y transparencia, ponderando la adecuación de la obra a la finalidad perseguida en la presente convocatoria.

 

El jurado, para valorar la obra, tendrá en cuenta:

 

  • Originalidad y Creatividad: La capacidad del artista para expresar una visión única, evitando la copia o los clichés. Es fundamental que la obra tenga un mensaje claro y coherente.

     

  • Técnica y Calidad Pictórica: El dominio del medio utilizado (óleo, acuarela, acrílico, etc.), la correcta aplicación de materiales y la calidad de la factura.

     

  • Composición y Estructura: Se considerará la armonía, el equilibrio, la perspectiva y el manejo de volúmenes.

     

  • Manejo del Color y la Luz: La utilización del color y la iluminación para crear atmósferas y transmitir emociones.

     

  • Impacto Visual y Emocional: La capacidad de la pintura para atraer la atención, causar una primera impresión fuerte y conectar emocionalmente con el espectador.

     

  • Presentación y Conservación: El estado físico de la obra, la limpieza y la calidad de la enmarcación o soporte.

     

 

Si las obras presentadas no alcanzaran una mínima calidad el premio se declarará desierto.

 

DÉCIMA.- PROCEDIMIENTO PARA LA VALORACIÓN

 

Fase 1

El jurado preseleccionará un máximo de 5 obras de entre las presentadas y publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba la relación de los concursantes que hayan sido preseleccionados.

 

Los autores de las obras preseleccionadas deberán enviarlas conforme se establece en base séptima.

 

Fase 2

El Jurado procederá a la valoración presencial de las obras a concurso y a fallar el premio, conforme a los criterios de valoración establecidos en la Base Novena.

 

Cada obra deberá tener adjunto en el reverso un documento que será facilitado por la organización, donde figurará claramente el nombre y apellidos del o de la artista y el título de la obra.

 

UNDÉCIMA.- RESOLUCIÓN Y CONCESIÓN DEL PREMIO

 

Una vez realizada la valoración conforme a los criterios indicados en la base novena, el jurado emitirá una propuesta de la obra premiada o declarará desierto el premio, en su caso.

 

La convocatoria será resuelta por la Delegación de Cultura y Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Córdoba atendiendo a la propuesta razonada del Jurado.

 

El fallo será inapelable.


 

El fallo del jurado se comunicará a la persona ganadora personalmente y será publicado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Córdoba y remitido al BOP y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

 

Las obras preseleccionadas podrán ser expuestas si así lo decide el Ayuntamiento de Córdoba por el plazo que crea conveniente. El Ayuntamiento de Córdoba será responsable de que, durante su exposición, las obras se encuentren en condiciones adecuadas de conservación preventiva y de seguridad.

 

DUODÉCIMA. RETIRADA DE OBRAS NO PREMIADAS

 

Una vez finalizado el concurso y la exposición, si ésta se produjera, los artistas tendrán un plazo de 15 días naturales para retirar por su cuenta las obras.

 

La retirada se efectuará adjuntando el correspondiente resguardo de entrega directamente o por medio de persona autorizada al efecto por escrito fehaciente.

 

Si la obra fue entregada por agencia, será retirada por agencia de transporte de libre elección por el autor. La gestión y los gastos de recogida y embalaje correrán a cargo del autor.

 

El Ayuntamiento de Córdoba no será responsable de la conservación de las obras no retiradas una vez terminado el plazo previsto.

 

Transcurridos 10 días hábiles, a partir de que finalice el plazo de recogida, se entenderá que dichas obras han sido abandonadas por el autor, pasando a realizarse el correspondiente procedimiento administrativo para que dichas obras pasen a propiedad y libre disposición del Ayuntamiento de Córdoba.

 

DECIMOTERCERA.- INCUMPLIMIENTO DE LAS BASES


Si con posterioridad a la concesión del premio se tuviese conocimiento de anomalía o incumplimiento de las bases, se procederá a su revocación por parte del Ayuntamiento de Córdoba, previa consulta con el jurado.

 

DECIMOCUARTA. SOMETIMIENTO A LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

 

La participación en el certamen conlleva la plena aceptación de estas bases, así como, de la hipotética decisión del jurado ante cualquier imprevisto no recogido en las mismas.


 

Para lo no previsto en las Bases de la Convocatoria serán de aplicación:

La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Córdoba publicada en el BOP de 3 de octubre del 2005.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según redacción dada por la Ley 15/2014 de 16 de septiembre de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.

El Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento Córdoba.

La Ley 39/15, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.


 

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