XXXIII PREMIO LÓPEZ-VILLASEÑOR DE ARTES PLÁSTICAS DE CIUDAD REAL 2024

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Bases
XXXIII PREMIO LÓPEZ-VILLASEÑOR DE ARTES PLÁSTICAS DE CIUDAD REAL 2024
El Ayuntamiento de Ciudad Real, a través de la Concejalía de Cultura, abre la Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva del XXXIII Premio López-Villaseñor de Artes Plásticas, que se regirá por las normas que se detallan a continuación.
PRIMERA.- OBJETO
Es objeto de la presente convocatoria otorgar diversos premios en el mundo de las artes plásticas con la finalidad de reconocer y promover la creatividad.
SEGUNDA.- BASES REGULADORAS.
El Texto Regulador de las Bases Generales para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Ciudad Real y sus Organismos Autónomos fue aprobado por el Ayuntamiento en Sesión Plenaria el 27 de mayo de 2021 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real núm. 120, de 25 de junio de 2021.
TERCERA.- RÉGIMEN DE CONCESIÓN
La presente convocatoria de Premios se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
CUARTA.- FINANCIACIÓN
A la presente convocatoria se destinará un importe total de 21.500 euros, que serán imputados a la aplicación presupuestaria 333.22706 “PREMIO LÓPEZ-VILLASEÑOR DE ARTES PLÁSTICAS” del Presupuesto General del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real para el ejercicio 2024.
QUINTA.- BENEFICIARIOS
- Podrán participar todos los artistas españoles mayores de edad, nacionales de los países miembros de las Comunidades Europeas y extranjeros no comunitarios que residan en el territorio español.
- Cada artista podrá participar con una sola obra para cada modalidad (pintura y escultura) que será original y que no haya sido seleccionada o premiada en ningún otro certamen.
- Los beneficiarios o premiados no podrán estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señalados en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y especialmente se debe encontrar al corriente de pagos en el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social. (Anexo I)
SEXTA.- REQUISITOS DE LAS OBRAS
Las obras deberán reunir, para cada modalidad, las siguientes condiciones:
a) PINTURA
a.1.‑ La modalidad será pintura en sus diferentes técnicas, estilos y la temática libres.
a.2.- Se admitirá una sola obra por autor, cuyas medidas no excedan de 200 X 200 cm. ni menores de 100 cm. en cualquiera de sus lados.
a.3.‑ No se admitirán copias ni reproducciones de otras obras, así como obras premiadas en otros certámenes.
a.4.‑ Las obras se presentarán enmarcadas con un listón o varilla de madera de hasta 3 cm. de ancho y en su color natural, sin cristal y en perfecto estado de conservación.
b) ESCULTURA
b.1.‑ En la modalidad de escultura, el tema será libre y original.
b.2.- Se admitirá una sola obra por autor, cuyas medidas no deben exceder de los 200 cm., ni ser inferiores a los 100 cm., sin contar plinto o soporte.
b.3.‑ Estas esculturas van destinadas a ser expuestas al aire libre por lo que los materiales deberán ser definitivos, no aceptándose obras en cartón, cera, escayola, yeso, barro cocido, etc.
b.4.‑ No se admitirán copias ni reproducciones de otras obras, así como obras premiadas en otros certámenes.
SEPTIMA.- FORMAS Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE LAS OBRAS
Una vez publicada la convocatoria y con una fecha límite del 20 de octubre, los participantes han de hacer llegar por correo electrónico a la dirección premiomuseo@ayto-ciudadreal.es o por correo certificado a la dirección postal:
Museo Municipal López-Villaseñor
c/ Reyes, 11
13002 Ciudad Real
La siguiente documentación en un archivo o documento:
- Una imagen digital de la obra en formato JPG en color con una resolución máxima de 5MG.
- La ficha de inscripción en la que figure el título, la técnica, medidas, valoración económica y fecha de realización.
- Nombre del autor, fotocopia del DNI, dirección, teléfono de contacto y breve curriculum vitae.
- Un breve comentario sobre la obra.
OCTAVA.- CUANTIA DE LOS PREMIOS
Se concederán los siguientes premios con sus correspondientes Medallas de Honor.
- Primer Premio, dotado con 11.000 euros y medalla
- Segundo Premio, dotado con 6.000 euros y medalla
- Tercer Premio dotado con 4.500 euros y medalla
- Premio Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real y medalla (cuya concesión queda condicionada a que la Diputación conceda la Subvención correspondiente al importe total de dicho premio)
Todos los premios serán indivisibles y no acumulables y al mismo tiempo no podrán declararse desiertos. En el caso que alguno de los autores renunciarse a la cuantía del premio concedido, ésta será destinada íntegramente para la adquisición de obra (s) seleccionada(s). Asimismo, el jurado podrá conceder cuantas menciones de honor estime convenientes.
Las dotaciones económicas de los premiados se harán efectivas en un pago único en el acto de la entrega de premios e inauguración de la exposición, mediante talón bancario.
Todos los premios están sometidos a la legislación fiscal vigente.
NOVENA.- CRITERIOS DE VALORACION DE LAS OBRAS
Vendrán determinados por la calidad e idoneidad de las obras presentadas.
DÉCIMA.- INSTRUCCIÓN, ORDENACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCIMIENTO
La concesión de los premios se gestionará de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
La participación en la presente convocatoria supone la aceptación de la totalidad de las normas que la rigen.
El procedimiento se iniciará de oficio por la Concejalía de Cultura, centro gestor del gasto.
Se designa como órgano instructor para la presente convocatoria al Director de los Museos, Archivos y Patrimonio Municipales, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación de solicitudes y documentación exigida.
El Jurado, compuesto por El Presidente, que actuará como tal, el Concejal Delegado de Cultura; el Secretario, el Jefe de Servicio de Museos, Archivo y Patrimonio Municipales; y cuatro vocales que serán personas de reconocido prestigio en el campo de las artes, y cuya composición no se dará a conocer hasta que no se haga pública la concesión de los premios.
Procederá en dos fases:
1.- En esta fase, realizará una selección previa de las obras presentadas y que pasarán a la fase de concurso.
La selección o no de las obras se comunicará por correo electrónico a sus autores antes del 30 de octubre de 2024.
Las obras preseleccionadas que optarán a la selección y a los premios para formar parte de la exposición, se entregarán embaladas o protegidas suficientemente. El Ayuntamiento de Ciudad Real extremará los cuidados para la conservación de las obras recibidas, pero declina toda responsabilidad derivada de accidentes imprevisibles, robo, incendio u otra causa de fuerza mayor; así como de los daños que puedan sufrir, tanto en los actos de recepción y devolución como durante el tiempo en que estén bajo su custodia, y no suscribirá póliza de seguro que cubra tales riesgos.
Las obras se entregarán contra recibo (en mano o por empresa de transporte) en el Museo Municipal López-Villaseñor, sito en C/ Reyes, 11. 13002 Ciudad Real. Telf.: 926/25 52 00. En horario de 10:00 a 21:00 horas de martes a viernes. Los gastos de envío y devolución de las obras correrán por cuenta de los autores.
El plazo de presentación será del 2 al 12 de noviembre, previa comunicación a los interesados.
El modelo de boletín de inscripción se acompaña en el Anexo II.
2.- El jurado, a la vista de las evaluaciones realizadas, emitirá informe en el que se concrete el resultado de dicha evaluación y lo remitirá al Concejal Delegado de Cultura, que elevará propuesta de resolución definitiva, que será motivada y expresará la relación de los artistas premiados y la cuantía de los premios, a la Junta de Gobierno Local, para su aprobación.
El fallo será inapelable y se hará público con anterioridad al 30 de noviembre.
Las obras seleccionadas podrán retirarse una vez concluida la exposición hasta el 15 de febrero, previa presentación de recibo.
El Ayuntamiento de Ciudad Real no se responsabilizará de las obras no retiradas en los plazos establecidos, pasando a formar parte del Patrimonio Municipal.
UNDÉCIMA.- ÓRGANO GESTOR
El Órgano Gestor de la convocatoria de estos Premios es la Concejalía de Cultura.
Para cualquier consulta o aclaración de la presente convocatoria los interesados podrán ponerse en contacto con la Concejalía de Cultura, Servicio de Museos, Archivo y Patrimonio Municipales del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, sito en c/ Reyes, 11, 13002 Ciudad Real, por teléfono en el 926 25 52 00 o por email: admon@ ciudadreal.es
DUODÉCIMA.- PUBLICIDAD
Se podrá acceder al texto íntegro de la presente convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). En los términos previstos en el art. 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en la página web del Ayuntamiento.
Además de la publicidad propia de toda convocatoria sometida a la Ley General de Subvenciones, se le dará, desde la Concejalía de Cultura, la difusión correspondiente a este procedimiento entre quienes pudieran estar interesados.
El Ayuntamiento de Ciudad Real, se reserva el derecho de reproducir las obras seleccionadas en folletos y catálogos, para su difusión.
DÉCIMOTERCERA.- ENTREGA DE PREMIOS
La Concejalía de Cultura hará público y convocará a todos los participantes para la entrega de premios e inauguración de la exposición de las obras seleccionadas.
Los autores premiados deberán obligatoriamente tener presencia física en la entrega de premios, considerando la ausencia del autor/a premiado/a como renuncia al Premio pasando la cuantía del mismo a la adquisición de otro.
Las obras premiadas pasarán a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, a excepción del Premio Diputación de Ciudad Real, que es propiedad de esta Institución Provincial.
El ganador del Certamen tendrá la oportunidad de realizar una exposición individual en el año siguiente a la celebración del Certamen en que ha sido premiado, en las salas de uno de los Museos Municipales de Ciudad Real.
DÉCIMOCUARTA.- REINTEGRO DE LOS PREMIOS
Una vez otorgados los premios, la comprobación de que los premiados, o sus obras, no reúnen los requisitos exigidos en la base quinta, comportará el reintegro del premio y la exigencia del interés de demora, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir los premiados.
DECIMOQUINTA.- RECURSOS
Contra la expresada resolución, que es definitiva y pone fin a vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la fecha de su notificación, o bien impugnarla directamente mediante recurso contencioso-administrativo de Ciudad Real en el plazo de dos meses contados desde el mismo día indicado.
No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime procedente.
DECIMO SEXTA.- REGIMEN JURÍDICO
En lo no previsto en la presente convocatoria se estará a lo dispuesto en el Texto Regulador de las Bases Generales de Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Ciudad Real y sus Organismos Autónomos, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y sus disposiciones de desarrollo y supletoriamente, por la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.1 Las dudas que surjan de la interpretación, aplicación o defectos de la presente convocatoria corresponderá resolverlas al órgano concedente de la subvención.
3.2. Las actuaciones a llevar a cabo con ocasión de la tramitación de estos premios estarán regidas por los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación
DECIMOSEPTIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS.
Los datos de carácter personal se incluirán en una actividad de tratamiento de la que es responsable el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL, cuya finalidad es la gestión del certamen, tanto la organización del mismo como la gestión de los premiados. Legitimidad basada en el consentimiento con la firma de la solicitud. Está prevista la comunicación de sus datos a medios de comunicación (web, periódicos, etc..) para la difusión de los premios. Sus datos personales se mantendrán indefinidamente si no manifiesta lo contrario. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD REAL, Plaza Mayor 1, 13001, Ciudad Real o en la dirección de correo electrónico dpd@ayto-ciudadreal.es (Delegado de Protección de Datos). Más información en la política de privacidad de la página web www.ciudadreal.es.
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