PREMIO CIUTAT DE PALMA DE AUDIOVISUALES 2020

PREMIO CIUTAT DE PALMA DE AUDIOVISUALES 2020 2020
Premios: 10.000 euros
Fecha apertura: 20 oct de 2020, 16:20
Fecha límite: 16 oct de 2020, 23:59
Participantes: Provincial
Obra: máx. obras: 1

Traducción automática realizada por el Traductor de Google. Recomendamos descargar las bases originales.

Bases

Nota técnica Youtube y Vimeo: si el enlace que pones no funciona, prueba con el enlace embebido. (Por ejemplo, Vimeo: (https://vimeo.com/44444444), probar con (https://player.vimeo.com/video/44444444) o en Youtube: (https://youtu.be/pI3EgEamWWA), probar con (https://www.youtube.com/embed/qgXxtcIVlaM). Si necesitas ayuda envia e-mail a contacto@mundoarti.com.


BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PREMI CIUTAT DE PALMA DE AUDIOVISUALES 2020

 

El Ayuntamiento de Palma convoca el Premi Ciutat de Palma de Audiovisuales con el fin de estimular la producción de contenidos audiovisuales de calidad y reconocer la tarea de los creadores.

 

1. Premio

El premio está dotado con 10.000 € y es único e indivisible.

 

2. Participación

Puede optar al Premio cualquier obra audiovisual de ficción o no-ficción en cualquiera de sus géneros o subgéneros (incluyendo la animación, el documental y los géneros experimentales).

No se admitirán:

  • Spots publicitarios o con fines comerciales, ni clips de promoción musical.
  • Montajes parciales provenientes de largometrajes.
  • Episodios televisivos, incluyendo episodios pilotos de series o montajes provenientes de estos.

Las obras que  concursen deben ser producciones audiovisuales de autores y/o productoras establecidos en las Islas Baleares.

Se puede presentar un proyecto realizado por un solo autor o por varios autores integrantes que se repartan sus tareas, los cuales serán considerados coautores (dirección y/o guión).

Los autores participantes pueden presentar la obra a otros concursos. En todos los casos tienen que informar de la obtención de distinciones previas (accésits, menciones de honor, etc.) para la obra presentada en este certamen.

Las producciones presentadas a la edición del 2020 deberán haber sido producidas entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020.

En cualquier caso, el autor o autores se comprometen a hacer constar de manera expresa que la obra ha sido “ganadora del Premi Ciutat de Palma de Audiovisuales 2020” en todos los soportes digitales y/o publicaciones donde se mencione.

Los autores se responsabilizan de posibles reclamaciones de derechos por parte de terceros en relación con sus obras.

El autor o autores de la obra ganadora cederán en el Ayuntamiento de Palma el derecho de exhibirla en Palma sin finalidades comerciales y el de usar el tráiler promocional o un fragmento de un minuto, como recurso audiovisual, en actos culturales promovidos por el Ayuntamiento de Palma y en cualquier plataforma con el fin de difundir el premio y/o la obra ganadora. Así mismo, el Ayuntamiento de Palma podrá utilizar fotogramas de la obra ganadora para promocionar la obra y/o el premio Ciutat de Palma.

 

3. Documentación y presentación de las obras

Las obras deben presentarse a través de la plataforma web www.mundoarti.com, rellenando el formulario correspondiente con los datos personales o de la productora y en uno de los formatos siguientes:

  • Archivo MP4 de una medida máxima de 25 MB.
  • Enlace web utilizando las plataformas Youtube o Vimeo donde se pueda ver en streaming el proyecto audiovisual completo.

También hay que adjuntar la siguiente documentación:

  • Breve currículum que indique la trayectoria profesional de la compañía o formación artística.
  • Dossier completo de la obra en formato PDF.

Una vez presentada la obra al Premio el autor o autores no la podrán retirar para hacer correcciones, ampliarla o renunciar al Premio.

La plataforma web protegerá la autoría de las obras y garantizará la transparencia del proceso de deliberación.

El plazo de admisión de las obras empezará el día siguiente de la publicación de las Bases y finalizará el 16 de octubre de 2020, a las 23.59 horas.

 

4. Jurado

El jurado estará formado por un máximo de cinco personas de reconocido prestigio vinculadas al mundo de los audiovisuales, nombradas a propuesta del Consejo Municipal de la Cultura, y una persona de la Concejalía de Cultura, con voz y sin voto, para que actúe de secretario/a. Su composición se hará pública antes de que acabe el plazo de presentación de las obras y tendrá una presencia equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con las medidas paritarias recogidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y a la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB n.º 99, de 4 de agosto).

El funcionamiento del jurado se ajustará a lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El jurado actuará con libertad y discrecionalidad. Tendrá que resolver motivadamente la concesión del Premio o su consideración de declararlo desierto. Su veredicto será inapelable.

 

5. Entrega del Premio

El premio se entregará el 20 de enero de 2021, durante las Fiestas de San Sebastián. Si la persona o personas ganadoras no  pueden asistir  podrán delegar su recogida.

 

6. Normativa fiscal

El premio está sujeto a la normativa fiscal vigente.

Antes de la propuesta definitiva de adjudicación del Premio las personas galardonadas deberán presentar:

  1. Certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que están al corriente en cuanto a sus obligaciones con la Seguridad Social.
  2. Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite que están al corriente en cuanto a sus obligaciones tributarias.
  3. Declaración responsable de estar al corriente en cuanto a las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Palma (anexo II).
  4. Declaración responsable de no estar afectadas por ninguna de las prohibiciones establecidas por el art. 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, ni son culpables a procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Palma y con el resto de entes otorgantes (anexo II).
  5. Si no tienen residencia fiscal en España, certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país de que se trate, que acredite la residencia fiscal.
  6. Certificado bancario de los datos de la cuenta corriente de la entidad donde se solicita que se ingrese la subvención (anexo III).

7. Instrucción y resolución

La instrucción del procedimiento corresponde al Departamento de Cultura de la Concejalía de Cultura y Bienestar Social. A la vista de la decisión del jurado el instructor formulará la propuesta de resolución, que elevará a la Junta de Gobierno de Palma. Se prescindirá del trámite de audiencia, de acuerdo con el art. 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no puede exceder de los seis meses a partir del plazo máximo de presentación de las obras. La resolución se notificará a la persona o personas premiadas, de acuerdo con el art. 45 de la dicha Ley 39/2015.

 

8. Régimen jurídico

Para todo lo no previsto estas Bases son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; la Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma; el Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local; el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares; la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma; las Bases de ejecución del Presupuesto municipal, y el resto de normativa que  esté de aplicación.

Esta convocatoria se rige por los principios de publicidad y concurrencia competitiva.

 

9. Consignación presupuestaria

Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión del Premio de esta convocatoria se reserva la cantidad total de 10.000 €, con cargo a la partida 03.33420.48100 Premis Ciutat Palma.- Premis del Presupuesto de gastos de 2021.

 

10. Aceptación e interpretación de las Bases

Participar en el Premio Ciutat de Palma de Audiovisuales supone aceptar estas Bases.

De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos facilitados por los participantes se incorporan en los ficheros propiedad del Ayuntamiento de Palma. El órgano administrativo ante el cual se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros que reconozca la dicha Ley es la Concejalía de Cultura y Bienestar Social.

Incumplir las obligaciones que imponen las Bases podrá ser motivo para revocar los beneficios de la convocatoria.

El jurado del Premio tiene la facultad de interpretar las Bases y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su finalidad.

Cualquier caso no previsto en estas Bases y en el desarrollo de esta convocatoria será resuelto por la organización de estos Premios.

Para consultas sobre las Bases pueden dirigirse al Negociado de Música y Artes Escénicas (Tel. 971720135, a/e musicaiescena@palma.cat). Para consultas técnicas sobre el funcionamiento de la plataforma pueden ponerse en contacto con contacto@mundoarti.com, Tel. 960707763. 

Ver más

Información legal

MundoArti requiere un usuario registrado para poder participar. Las personas menores de 18 años pueden participar a través del padre, madre, tutor o representante legal. Crear una cuenta con información falsa es una violación de nuestros términos. MundoArti es un software para participar en convocatorias, concursos y premios. MundoArti no asume responsabilidad alguna sobre cambios realizados en la información, errores de transcripción o desarrollo de la convocatoria. Por favor, contacte con los organizadores para dudas sobre la convocatoria. Los solicitantes deben aceptar las reglas y son responsables del contenido legal subido a la web.

Los solicitantes ceden una licencia a MundoArti y a los organizadores de las convocatorias, que es limitada, no exclusiva, irrevocable y gratuita para usar cierta propiedad intelectual, incluido el nombre, el acrónimo y la obra en relación con la convocatoria. Esta licencia es necesaria para promover y dar a conocer los resultados de la convocatoria, realizar las acciones de promoción y comunicación para esta edición o las siguientes.

Para más información consulte nuestros términos y condiciones legales.

Relacionados

Cookies

Usamos Cookies y otras tecnologías propias y de terceros para hacer funcionar de manera correcta y segura nuestra página web y personalizar su contenido. También las utilizamos para analizar la navegación de los usuarios y poder ajustar la publicidad a sus gustos y preferencias. Política de cookies

Aceptar