XL CONCURSO DE FOTOGRAFÍA CIUDAD DE MARTOS

XL CONCURSO DE FOTOGRAFÍA CIUDAD DE MARTOS 40
Premios: 600 euros
Fecha apertura: 10 mar de 2022, 00:00
Fecha límite: 27 may de 2022, 23:59
Participantes: Desde 18 años. Provincial
Obra: mín. alto: 20; máx. alto: 30; mín. ancho: 30; máx. ancho: 40; máx. obras: 3

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Bases

XL CONCURSO DE FOTOGRAFÍA CIUDAD DE MARTOS                                                  

 

Artículo 1.- Objeto y finalidad de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es reconocer el trabajo fotográfico de personas nacidas o residentes en Martos. Con este concurso, el Excmo. Ayuntamiento de Martos pretende favorecer, ayudar y promocionar las inquietudes de fotógrafos aficionados o profesionales.

Las bases de dicha convocatoria, correspondientes al año 2022, para el procedimiento de concesión del XL Concurso de Fotografía Ciudad de Martos, tienen un régimen de concurrencia competitiva y en ella se aplican los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de conformidad con la Disposición Adicional Décima de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.

 

Artículo 2.- Participantes.

Podrán participar en el concurso todas las personas físicas mayores de edad, nacidos o residentes en Martos, que lo deseen.

No podrán concurrir:

  • Aquellas personas que hubiesen obtenido cualquier otro premio por la misma obra que se presenta al XL Concurso de Fotografía Ciudad de Martos.
  • Aquellas que cumpliendo con los requisitos específicos de participación establecidos en estas bases, estén incursos en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).

 

Artículo 3.- Presentación de solicitudes, plazo y lugar.

El plazo de admisión y recepción de las obras comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP de Jaén, siendo la fecha límite las 23:59 horas del día 27 de mayo de 2022.

Las solicitudes presentadas fuera del plazo anteriormente establecido no serán admitidas en la presente convocatoria.

De conformidad a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las inscripciones serán presentadas por sus autores, a través del registro del Excmo. Ayuntamiento de Martos, bien por vía telemática, a través de la sede electrónica, o en la oficina de registro de dicha administración.

Los trabajos serán presentados, una vez realizada la inscripción, en los términos que se recogen en el artículo 4 de las presentes bases.

 

Artículo 4.- Documentación y presentación de los trabajos.

En primer lugar, los participantes deberán realizar la inscripción (Anexo I - DESCARGAR AQUÍ y Anexo II - DESCARGAR AQUÍ) en el registro telemático de la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Martos, o en la oficina de registro de dicha administración.

Una vez realizada la inscripción, los participantes entregarán en la Casa Municipal de Cultura Francisco Delicado (Avda. Europa, 31, Martos), y en un sobre cerrado:

  • Un segundo sobre en el que aparezca el pseudónimo del autor y que contenga una fotocopia del DNI por ambas caras, la inscripción sellada por el registro (formulario de inscripción en el anexo I) y el anexo II que contiene una declaración de responsable en la que el interesado manifiesta que:
    • No está incurso en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la LGS.
    • La obra presentada es original e inédita y no ha sido premiada con anterioridad en otro concurso.
    • Acepta las presentes bases o normas reguladoras.
    • Autoriza la publicación de la obra en el caso de resultar premiada.
  • Las fotografías presentadas a concurso.  Cada concursante podrá presentar tres fotografías como máximo al concurso, aunque cada autor solo podrá obtener un premio. Las fotografías tendrán un tamaño mínimo de 20 x 30 cm. y máximo de 30 x 40 cm., en formato vertical u horizontal y deberá aparecer en el reverso de estas el título y el pseudónimo del autor.
  • Un CD que contenga, en formato digital, una copia de cada fotografía, en formato JPG, a 300 ppp y con un tamaño entre 3 MB y 6 MB.

Las fotografías deberán versar, obligatoriamente, sobre el tema: “El Patrimonio cultural de Martos, en cualquiera de sus múltiples ámbitos: pintura, arquitectura, folklore, paisaje, etc.”. Se trata de reflejar fotográficamente aquellos elementos del patrimonio cultural marteño que, a juicio del autor, constituyan una aportación por su notoria singularidad, rareza o belleza.

Las fotografías presentadas al concurso serán en blanco y negro o en color, admitiéndose cualquier tipo de técnica fotográfica. Deberán ser originales, inéditas y no haber sido premiadas en otros concursos. No serán aceptadas fotografías tomadas de la televisión, revistas u otras publicaciones.

Si la solicitud de participación no reúne los requisitos que se señalan, se requerirá al interesado/a para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada a tal efecto. Dicho requerimiento se realizará en la forma establecida en el artículo 13 de la convocatoria.

 

Artículo 5.- Publicidad de las bases.

La convocatoria será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que remitirá el extracto de las mismas al BOP, y en la página web municipal  https://www.martos.es/.

 

Artículo 6.- Jurado.

El jurado estará compuesto, como mínimo, por tres miembros, entre los que se encontrará el presidente, designados por el Excmo. Ayuntamiento de Martos y relacionados con las artes plásticas. Actuará como secretario, con voz pero sin voto, un técnico de la Concejalía de Cultura.

La composición del jurado se publicará, previa resolución de la Junta de Gobierno Local, en el BOP y en la página web municipal https://www.martos.es/.

El funcionamiento del jurado se regirá por lo dispuesto en la sección tercera del Capítulo II Título Preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

El jurado, una vez valorados los trabajos presentados, formulará propuesta de concesión con arreglo a los criterios de adjudicación contenidos en esta convocatoria.

El jurado está autorizado para resolver cualquier problema que se genere, esté contemplado o no en las bases, tendrá competencia y autoridad para resolver los conflictos e imprevistos.

El jurado tomará acuerdos por mayoría de votos, debiendo constar en todos los acuerdos que tome actas elaboradas al efecto, y su fallo será inapelable, igualmente se reserva el derecho a declarar desiertos todos o algunos de los premios, si las solicitudes presentadas no reunieran a su criterio los méritos suficientes, así como a darlos a título póstumo.

 

Artículo 7.- Criterios de valoración.

El jurado se reunirá para efectuar una revisión y evaluación de cada una de las obras presentadas, para lo que se tendrán en cuenta como principales criterios o indicadores de valoración la adecuación del tema que aparezca en cada fotografía con la temática fijada por la presente convocatoria en su artículo 4 y la calidad artística y divulgativa del trabajo presentado.

 

Artículo 8.- Fallo del jurado.

El jurado formulará una propuesta de concesión o fallo, del cual levantará la correspondiente acta, la cual será firmada por todos sus miembros, con arreglo a los criterios de valoración contenidos en el artículo 7 de la presente convocatoria. Dicho fallo se producirá, como fecha máxima, el día 20 de junio de 2022. 

La propuesta de concesión o fallo del Jurado se elevará a la Concejal Delegada de Cultura, para que ésta proceda a elevarlo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Martos para su concesión, todo ello dentro de los 15 días hábiles siguientes a la formulación de la propuesta de concesión o fallo del jurado. El fallo se hará público el 24 de junio de 2022.

La propuesta de concesión del premio a la Junta de Gobierno Local deberá de adjuntar obligatoriamente la siguiente documentación:

  • Acta del jurado de la propuesta de concesión o fallo del concurso.
  • Propuesta de la Concejal Delegada de Cultura sobre la concesión del certamen.
  • Certificados actualizados del participante, que vaya a obtener la condición de beneficiario del premio del concurso, en el que acredite que se encuentra al corriente del pago de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal, Agencia Tributaria Andaluza, Ayuntamiento de Martos y Seguridad Social.

El acuerdo de la Junta de Gobierno Local de la concesión del premio será publicado, antes del 12 de agosto de 2022, en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web municipal, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, la resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el Portal de Transparencia.

 

Artículo 9.- Obligaciones del beneficiario del premio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1.e) de la LGS, antes de adoptarse acuerdo de concesión por parte de la Junta de Gobierno Local, el participante que resulte premiado deberá acreditar que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y no ser deudor al Ayuntamiento de Martos por cualquier concepto. Para ello, una vez levantada el acta del jurado de la propuesta de concesión o fallo del concurso, la concejalía de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Martos se pondrá en contacto con el beneficiario propuesto para que, obligatoriamente, en el plazo máximo de cinco días, acredite dichos extremos.

 

Artículo 10.- Dotación económica del premio.

Se establecen los siguientes premios a los que se le aplicará la correspondiente deducción por IRPF conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en cada momento:  

      • Primer premio: 300 euros y diploma.
      • Segundo premio: 200 euros y diploma.
      • Tercer premio: 100 euros y diploma.

Los premios, que serán pagado mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique el premiado, serán financiados con cargo a la aplicación presupuestaria 3300.489.00 denominada “Premios y Certámenes Culturales” del Presupuesto General del Excmo. Ayuntamiento de Martos para 2022.

Las cuantías económicas de este premio son compatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes, públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales que pudieran serle concedidos al beneficiario después de la concesión de este premio.

Las obras premiadas y el resto de presentadas al concurso formarán parte de una exposición en la Casa Municipal de Cultura Francisco Delicado, del 1 al 9 de julio de 2022, no pudiendo retirarse dichas fotografías hasta que finalice la muestra.

La obra galardonada pasará a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Martos, formando parte de su patrimonio y reservándose todos los derechos sobre la misma, incluidos los de reproducción, edición y exhibición, citando siempre el nombre del autor/a y ateniéndose en todo caso a lo que disponga la Ley de Propiedad Intelectual. El trabajo premiado será publicado en el número 50 de la revista Aldaba, editada por el Excmo. Ayuntamiento de Martos.

Las fotografías presentadas a concurso serán eliminadas si un mes después de que finalice la exposición de todos los trabajos presentados, no han sido recogidas por sus autores.

La justificación de la subvención se acreditará con la entrega del premio al beneficiario, la cual tendrá lugar en Martos, el día 12 de agosto de 2022, en la Casa Municipal de Cultura Francisco Delicado, aceptando el ganador del concurso el compromiso de asistir a la ceremonia de entrega, siempre y cuando su residencia esté en España. Los gastos de desplazamiento correrán a cargo de la persona premiada. En caso de no asistir, seguirá ostentando la condición de ganador pero no tendrá derecho a recibir el importe económico del premio.

A efectos de la justificación del premio será aplicable lo previsto en el artículo 30.7 de la LGS, esto es, que por otorgarse los premios en atención a la concurrencia de una determinada situación del perceptor no requieren una justificación ulterior.

           

Artículo 11.- Órgano competente.

El órgano competente para aprobar y resolver esta convocatoria es la Junta de Gobierno Local.

 

Artículo 12.- Aceptación de las bases.

El hecho de participar en este concurso supone, por parte de los autores, la conformidad absoluta con las presentes bases.

 

Artículo 13.- Medios de notificación y publicación.

Los actos que deban notificarse se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Martos https://www.martos.es/ y en el Boletín Oficial de la Provincia, en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Artículo 14.- Normas finales.

El Excmo. Ayuntamiento de Martos se inhibe de toda responsabilidad por desperfectos o extravíos de los trabajos presentados a concurso, así como de los daños que puedan sufrir durante el tiempo que estén bajo su custodia y de los riesgos de robo, incendio y otra naturaleza.

 

Artículo 15.- Protección de datos personales.

En cumplimiento con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, se informa a los participantes que sus datos personales, así como las fotografías del acto de entrega, se incorporan a un fichero del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Martos para la gestión y el desarrollo del concurso, además de mantenerle informado sobre futuras convocatorias. La participación en el concurso supone la aceptación de estas bases y la presentación del consentimiento para el tratamiento de sus datos con los fines antes indicados, así como para recibir información del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Martos por medios electrónicos. Para oponerse a este tratamiento, así como para el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación y cancelación, puede contactar con martoscultural@martos.es.

 

Artículo 16.- Régimen jurídico.

En lo no previsto por la presente convocatoria, será de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley citada, por las Bases de Ejecución del Presupuesto de Ayuntamiento de Martos y con carácter supletorio por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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