II CERTAMEN DE TEATRO AMATEUR DE MEQUINENZA

II CERTAMEN DE TEATRO AMATEUR DE MEQUINENZA II
Premios: 1.000 euros
Fecha apertura: 30 nov de -0001, 00:00
Fecha límite: 05 jul de 2019, 23:59
Participantes: Internacional
Obra: máx. obras: 1

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Bases

II CERTAMEN DE TEATRO AMATEUR DE MEQUINENZA

Bases que regirán el II Certamen de Teatro Amateur de Mequinenza

 

ORGANIZACIÓN

El II Certamen de Teatro Amateur de Mequinenza está organizado por el Ayuntamiento de Mequinenza con la colaboración del Grup de Teatre “Garbinada” de la Asociación de la Mujer Mequinenzana “La Dona” de Mequinenza.

 

PARTICIPANTES

Podrán participar todos los grupos de teatro aficionado, radicados en el Estado Español, no profesionales. Debiéndose representar su obra en lengua castellana o catalana y que no desarrollan su actividad en salas del circuito profesional.

 

REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

1.- Podrán concurrir al premio del I Certamen de Teatro Amateur de Mequinenza cualquier grupo de teatro aficionado que no esté incurso en algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás legislación concordante.

2.- Los participantes deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como carecer de toda deuda pendiente de pago con el Ayuntamiento de Mequinenza.

3.- De acuerdo con el artículo 9 b) de la Ley 5/2015 de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón, será necesario acreditar, mediante declaración responsable el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores.

4.- No podrán participar en el certamen aquellos grupos que tengan miembros del mismo formando parte del comité de selección del jurado o del propio jurado.

 

INSCRIPCIÓN

El plazo de inscripción estará abierto desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Provincial de Zaragoza y hasta el 5 de julio de 2019.

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Mequinenza, o bien por cualquiera de los cauces previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

a.- Solicitud de participación tal y como figura en el anexo I

b.- Acreditación (copia del CIF) del Grupo o Asociación, sin ánimo de lucro o cualquier documento que certifique la condición de amateur del grupo.

c.- Ficha técnica y artística del grupo.

d- Sinopsis.

e- Fotografías del montaje y del grupo.

f- Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de no tener deudas en período ejecutivo con el Ayuntamiento de Mequinenza.

g- Declaración de si se está o no incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y resto de legislación concordante.

Esta documentación quedará en poder del Certamen para su archivo pudiendo utilizar el material fotográfico, audiovisual y publicitario en esta o siguientes ediciones para su difusión y promoción en diferentes soportes.

La falta de cualquiera de los anteriores datos podrá suponer la exclusión en la selección de los grupos participantes.

La organización no devolverá la documentación presentada por los grupos participantes.

Toda la información sobre el certamen y su desarrollo podrán conocer a través de la web www.mequinenza.com en el apartado II Certamen de Teatro Amateur de Mequinenza.

 

OBLIGACIÓN COMPLEMENTARIA

Remitir la grabación audiovisual de la obra en soporte DVD, USB o archivo digital en formato “mp4” ó “avi” que podrá remitirse por medios telemáticos (Drive, Wetransfer…) a cultura@mequinensa.com. Al cierre del plazo de inscripción los organizadores deberán disponer de la grabación, en caso contrario quedará automáticamente desestimada la inscripción.

 

SELECCIÓN

El número de grupos seleccionados para el certamen será de 4. Un comité de selección constituido a tal efecto y formado por dos representantes del Ayuntamiento de Mequinenza y dos representantes del Grup de Teatre “Garbinada” determinarán los grupos participantes atendiendo a los valores y nivel artístico de los montajes y la novedad de las propuestas presentadas.

La decisión del comité será inapelable.

Se comunicarán las obras seleccionadas durante la segunda semana de septiembre.

Las obras seleccionadas deberán ser representadas con el mismo reparto y escenografía que figure en el DVD/USB/archivo remitido. Cualquier cambio al respecto debe ser notificado previamente al Comité Organizador del Certamen. El incumplimiento de este punto puede ser motivo de descalificación.

La gestión y pago a la SGAE, si hubiese lugar, correrá a cargo del grupo correspondiente. La organización del Certamen, en ningún caso, se hace responsable de este incumplimiento.

Los grupos seleccionados se comprometen a remitir, previo a la representación de la obra, la documentación relativa a:

-          Justificante de carta de pago de los derechos de autor abonados a la Sociedad General de Autores o certificado de exención. Su no presentación será motivo de la exclusión del Certamen. Si la obra presentada es de creación propia, deberá indicarse en la hoja de inscripción, indicando que no se han delegado las funciones de cobro a otra entidad.

 

LUGAR Y FECHAS

El certamen se desarrollará en cinco jornadas los días 19 y 26 de octubre y 9, 16 y 23 de noviembre de 2019, en horario de tarde a concretar en la Sala “Goya” de Mequinenza con la representación de una obra en concurso cada día, quedando reservado el día 23 de noviembre para la celebración del acto de clausura.

El día de actuación se determinará y comunicará a cada grupo seleccionado.

Las representaciones se llevarán a cabo en la Sala Goya de Mequinenza cuyas dimensiones y equipamiento puede consultarse en el anexo II.

Los grupos seleccionadas dispondrán el día de su representación, del espacio escénico con su equipamiento (equipo de iluminación, equipo de sonido) y un técnico de iluminación y sonido, para el montaje de la obra, sin límite de tiempo. Cada grupo vendrá provisto al máximo posible de su propio decorado y correspondiente montaje de iluminación y sonido. Correrá a cargo de los grupos seleccionados las tareas de carga, descarga y montaje.

JURADO

1.- La valoración de las obras de teatro corresponderá a un jurado integrado por los siguientes miembros:

a) Presidente: Alcaldesa o Concejal delegado de Cultura del Ayuntamiento de Mequinenza.

b) Vocales: 3 representantes vinculados al mundo teatral.

c) Secretario: con voz y sin voto, elegido entre el personal del Ayuntamiento de Mequinenza.

El jurado será designado por la Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Mequinenza.

El público asistente a través de votación en cada una de las sesiones determinará el Premio del Público.

PREMIOS

Los premios se entregarán en la Clausura del Certamen el 23 de noviembre de 2019. En caso de no haber ningún representante del grupo para recoger el premio, se considerará que renuncian al mismo.

Los premios determinados son:

-          Mejor grupo Teatral: 1.000€

-          Segundo mejor grupo Teatral: 700€

-          Tercer mejor grupo Teatral: 500€

-          Cuarto mejor grupo Teatral: 400€

-          Mejor montaje escénico: Trofeo

-          Mejor actriz/actor: Trofeo

-          Mejor dirección: Trofeo

-          Premio especial del público: Trofeo

 

RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

1.- La alcaldesa-presidenta es el órgano competente para resolver el procedimiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 5/2015 de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón.

2.- El plazo de resolución y notificación del procedimiento será de seis meses, a partir de la finalización del acto de clausura del Certamen, transcurrido el cual deberán entenderse denegadas. La resolución se notificará al beneficiario del premio, no precisándose aceptación expresa de la subvención.

3.- En la resolución constará, en todo caso, el objeto del premio, el beneficiario, la puntuación obtenida en la valoración, el importe del premio así como, de forma fundamentada, la desestimación y la no concesión del premio por inadmisión de la petición, desistimiento, renuncia o imposibilidad material sobrevenida del resto de solicitudes.

4.- El decreto de concesión se publicará en la página web del Ayuntamiento de Mequinenza.

5-. Contra la orden de concesión que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición la Alcaldesa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o podrán impugnarla directamente ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

OBLIGACIONES DE LOS CANDIDATOS PREMIADOS

1.         La concesión del premio implica por parte del beneficiario, la aceptación de las obligaciones contenidas en el artículo 9 de la Ley 5/2015 de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón y en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones. En particular los beneficiarios están obligados a:

  1. Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero de la Intervención General, el tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas de Aragón.
  2. Hallarse al corriente, durante toda la vida de la subvención, de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de toda deuda pendiente con la Hacienda del Ayuntamiento de Mequinenza. Antes de la concesión del premio el candidato deberá presentar los certificados de Hacienda y Seguridad Social de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

2.         El candidato premiado deberá presentar una ficha de terceros debidamente cumplimentada en el plazo máximo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente de la notificación.

 

ASIGNACIÓN ECONÓMICA Y JUSTIFICACIÓN

El abono del premio se hará efectivo por su importe íntegro, mediante transferencia bancaria, una vez deducida la carga tributaria correspondiente. Para que el pago pueda hacerse efectivo el beneficiario no precisará otra justificación que la acreditación previa por cualquier medio admisible en derecho de que reúne los requisitos de la convocatoria, todo ello al amparo de lo establecido en el artículo 30.7 de la Ley General de Subvenciones y del artículo 32.10 de la Ley de Subvenciones de Aragón, sin perjuicio de los controles de verificación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y otras que hubieran podido establecerse.

LA ORGANIZACIÓN

Recomienda para una mejor difusión, el envío por parte de los grupos participantes al menos dos semanas antes del inicio de las representaciones, de carteles y folletos informativos de la obra que van a representar. En toda la difusión del Certamen, se incluirán los nombres del grupo y de las obras con las que van a participar, siendo gestionada a través del Departamento de Comunicación del Ayuntamiento de Mequinenza.

Se reserva el derecho a poder realizar cualquier modificación de las bases, lo cual será comunicado oportunamente. Todo hecho o circunstancia no previsto en estas bases será resuelto por la Organización del Certamen.

La inscripción en el Certamen supone la aceptación de las presentes bases, así como la resolución de cualquier supuesto no recogido en estas por parte de la organización.

 

ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La presentación de las solicitudes supone la aceptación expresa y formal de estas bases.

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